MODIFICA DECRETO Nº 547, DE 1997, QUE REGLAMENTA NORMAS PARA LA ACREDITACION DE CENTROS DE FORMACION TECNICA Núm. 361.- Santiago, 28 de junio de 2000.- Considerando: Que, en virtud del párrafo 5º, artículos 64 y siguientes, del Título III de la ley Nº18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, corresponde al Ministerio de Educación establecer normas que regulen el reconocimiento oficial de los Centros de Formación Técnica, como asimismo, llevar a cabo la acreditación de estas instituciones. Que, en conformidad con las disposiciones legales referidas, dicha Secretaría de Estado ha dictado normas para la acreditación de los Centros de Formación Técnica, las que han sido materializadas en el decreto Nº547 de 1997 del Ministerio de Educación. Que, de acuerdo a los requerimientos del sistema, se hace necesario introducir modificaciones a tales normas.
Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº18.575, ley Nº18.956, ley Nº18.962 y resolución 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y sus modificaciones.
D e c r e t o: