CREA TRIBUNAL ESPECIAL, Y ESTABLECE CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS EN DESPIDOS DE TRABAJADORES. INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY N° 16.455
Decreto ley N° 32.- Santiago, 21 de Septiembre de 1973.- Hoy se dictó lo que sigue: La Junta de Gobierno de la República de Chile Considerando:
a) La situación de emergencia que vive el país y la necesidad de restablecer el principio y la práctica de la disciplina laboral en las actividades nacionales; b) Que los actos lesivos para el proceso de producción y recuperación nacional no están suficientemente contemplados en los artículos 2° y 10° de la ley N° 16.455, y
Teniendo presente:
Su propósito de respetar al máximo dentro de esta emergencia los derechos de los trabajadores, la Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley: