MODIFICA RESOLUCION Nº 855 EXENTA, DE 2000, PARA EL CONTROL DE LA MOSCA DEL MEDITERRANEO (CERATITIS CAPITATA W.)
(Resolución)
Núm. 1.365 exenta.- Santiago, 11 de agosto de 2000. Visto: Las resoluciones Nº3.513 ex. de 1995 que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo y resolución Nº855 ex., de 30 de mayo de 2000, que establece regulaciones cuarentenarias para su control en la Región Metropolitana, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero; lo dispuesto en el decreto ley Nº3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola,
Considerando: Que la aplicación de la resolución Nº855 ex., citada en los Vistos, ha permitido constatar que se hace necesario introducir determinadas modificaciones a fin de hacerla más eficaz, evitando un entorpecimiento innecesario del comercio,
R e s u e l v o:
Introdúcense en la resolución Nº855 ex., de 30 de mayo de 2000, las siguientes modificaciones:
a).- Sustitúyese el Nº1 por el siguiente: ''1.- Los productos de exportación hospederos de la mosca de la fruta producidos, empacados y/o despachados desde la Región Metropolitana, deberán cumplir con los requisitos específicos de resguardo y/o tratamientos cuarentenarios que establezca el Servicio Agrícola y Ganadero para cada mercado de destino.''
b).- Sustitúyese el Nº2 por el siguiente: ''2.- El transporte de los productos de exportación hospederos de la mosca de la fruta, desde la Región Metropolitana, con destino a los puertos marítimos, terrestres o aéreos y de aquellos que transiten por la Región Metropolitana, deberá efectuarse bajo las condiciones de resguardo que autorice el Servicio Agrícola y Ganadero.''