MODIFICA DECRETO Nº 108 EXENTO, DE 1995
Núm. 282 exento.- Santiago, 25 de agosto de 2000.- Visto: lo dispuesto en los artículos 1º y 3º del D.L. Nº 799, de 1974, modificado por el D.F.L. Nº 12-2.345, de 1979, el decreto Nº 654, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución Nº 55/92, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por resolución Nº 520/96, ambas de la Contraloría General de la República; el decreto exento Nº 108, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes.
Considerando:
Que, por decreto exento Nº 108, de fecha 11 de agosto de 1995, se exceptúa, entre otros vehículos, al automóvil identificado con la patente única NG-6534-7, de la obligación establecida en el D.L. Nº 799 de 1979, indicándose el destino en el Gabinete del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Que, por razones de buen servicio, el automóvil mencionado, fue destinado, con fecha 24 de julio del año en curso, a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la VI Región. Que, se debe sancionar administrativamente la nueva destinación, para lo cual resulta necesario modificar el mencionado documento jurídico.
D e c r e t o: