MODIFICA DECRETO Nº 158, DE 1980
Núm. 106.- Santiago, 12 de Marzo de 1984.- Vistos: Lo dispuesto en el D.F.L. 206 de 26 de Marzo de 1960, los decretos MOP. Nºs. 158 y 870 de 1980, y
Considerando:
Que, el decreto MOP. Nº 158 de 1980, fijó los límites de peso por eje con los cuales pueden circular los vehículos por la red vial nacional. Que, la configuración del parque de vehículos ingresado al país antes de 1980, hace aconsejable modificar el límite de peso del eje simple de ruedas dobles, para permitir un mejor aprovechamiento de este parque de vehículos,
Decreto
1º.- Modifíquese el artículo 2.1. del decreto MOP. Nº 158, en el sentido de dejar establecido que el límite de peso del EJE SIMPLE DE RUEDAS DOBLES es:
Eje Simple Rodado Dobles 12,00 toneladas
2º.- La modificación anterior tendrá vigencia por un período de dos años.