MODIFICA DECRETO Nº 126, DE 1994, QUE APROBO EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIE-NESTAR DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE PLAYA ANCHA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION DE VALPARAISO
Núm. 67.- Santiago, 9 de octubre de 2000.- Vistos: Los antecedentes adjuntos y lo dispuesto en las leyes Nºs. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24 y 17.538, artículo único; DS Nº 28, de 1994 y DS Nº 126, de 1994, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social y la facultad que me confiere el artículo 32 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, D e c r e t o:
Artículo único: Modifícase el Reglamento del Servicio de Bienestar del Personal de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación de Valparaíso, aprobado por decreto supremo Nº 126, de fecha 21 de septiembre de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la forma que se indica:
1.- Intercálase a continuación del artículo 4º, el siguiente artículo 4º bis, nuevo:
''Artículo 4º, bis: El Servicio, dependiendo de su capacidad presupuestaria, podrá contratar seguros suplementarios o complementarios de salud, a través de Compañías de Seguros, con el fin de otorgar mayores beneficios a sus afiliados y además podrá incluir seguros que cubran enfermedades de alto costo, sin definición de patología y seguros de cobertura dental.'' 2.- Agrégase al artículo 8º, la siguiente letra, sustituyendo la '',y'' al final de la letra a), por un '';'' y reubicando aquella '',y'' en lugar del punto al final de la letra b):
''c) Financiamiento y Administración de Centros Recreativos, Colonias, Refugios, Casas de Huéspedes, Casinos, Jardines Infantiles, Policlínicas u otras instalaciones que sean destinadas al uso de sus beneficiarios, quedando expresamente excluidas de dicha facultad, la contratación de personal, que corresponderá a la Universidad.''