MODIFICA DECRETO N° 466, DE 1992, QUE REGLAMENTA SISTEMA DE RENEGOCIACION Y DE SUBVENCION PARA DEUDAS QUE INDICA
Santiago, 18 de Diciembre de 1992.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.637.- Vistos: Lo dispuesto en las respectivas Leyes Anuales de Presupuestos para el Sector Público, en los Decretos Supremos N°s. 24, de 1980, 660, de 1981 y 637, de 1982 y sus modificaciones, Reglamentario del Fondo Social, todos del Ministerio del Interior, lo preceptuado en el artículo 24 del Decreto Ley N° 575, de 1974, en el artículo 4 del Decreto Ley N° 1.367, de 1976, cuyo inciso 3° fue modificado por el artículo 29 de la Ley N° 18.482, lo previsto en el artículo 74 de la Ley N° 18.382, y en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República,
Decreto:
Modifícase el Decreto Supremo N° 466, del 28 de Abril de 1992, del Ministerio del Interior, que reglamenta el sistema de renegociación y de subvención para deudas provenientes de precios o saldos de precios de ventas o asignaciones de viviendas o infraestructuras sanitarias, adquiridas o construidas con recursos del Fondo Social Presidente de la República y del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, en el siguiente sentido:
a) En el artículo sexto, sustitúyase el guarismo "300" por "450".
b) En el artículo noveno, reemplázase la frase "31 de Diciembre de 1992" por las expresiones "30 de Junio de 1993".