MODIFICA RESOLUCION Nº 520, DE 1996
(Resolución)
Santiago, 13 de marzo de 2001.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente: Núm. 117.- Considerando: La necesidad de agilizar los procedimientos administrativos; Las reuniones sostenidas con el Consorcio Nacional de Universidades, y Los planteamientos de las Divisiones de Toma de Razón y Registro; de Vivienda y Urbanismo y Obras Públicas y Transportes, y Jurídica, y Vistos: Las facultades que me confiere la ley Nº 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República,
R e s u e l v o:
Modifícase la resolución Nº 520, de 1996, de esta Contraloría General que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, en la siguiente forma:
1.- Agrégase el siguiente inciso 3º, al Nº 7, del artículo 1º ''No obstante, estarán exentos del trámite de toma de razón, los contratos sobre la base de honorarios de los extranjeros que presten servicios ocasionales o accidentales en las universidades estatales.''.
2.- Elimínase el Nº 9, del artículo 1º, pasando el Nº 10, a ser Nº 9 y así sucesivamente hasta el Nº 16, que queda como Nº 15.
3.- Reemplázase el guarismo 4.000 por 5.000, en el inciso 1º del Nº 19 del artículo 2º y el guarismo 3.000 por 4.000, en el inciso 3º de la misma norma.
4.- Reemplázase el inciso 3º del Nº 4 del artículo 3º por el siguiente: ''Los contratos a que se refieren los incisos anteriores celebrados por las universidades cuyo monto mensual exceda de 5.000 ó 2.500 unidades tributarias mensuales, respectivamente''.