Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 236, de 16.02.2001, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 1º Cuatrimestre de 2000, a la sociedad Comunicaciones de la Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada, RUT Nº 78.518.060-7, con domicilio en Los Geranios Nº 346, Llolleo, comuna de San Antonio, V Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Calama, II Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 1000 watts. - Frecuencia : 90,3 MHz. - Sistema radiante : Direccional con polarización circular, 2 antenas dipolos en V, de 3,5 dBd de ganancia máxima, con un azimut de radiación máxima en 15° y 165°, y una altura del centro de radiación de 30 m, montado sobre una torre de 36 m de altura.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 12.04.2001. PAGINA 18 - Ubicación del estudio : Camino Antiguo Santiago Cartagena Nº 1450, San Antonio, V Región. - Coordenadas geográficas: 33°33'22" Latitud Sur 71°36'08" Longitud Oeste. - Ubicación de planta transmisora y sistema radiante : Faldeos Cerro Negro, Calama, II Región. - Coordenadas geográficas: 22°23'35" Latitud Sur 68°56'22" Longitud Oeste.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 5 días; Término de Obras: 30 días; Inicio de Servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión. La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la Ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 236 de 16.02.2001, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.