RECTIFICA Y COMPLEMENTA RESOLUCION Nº 116 EXENTA, DE 1999
Núm. 416 exenta.- Santiago, 12 de abril de 2001.- Vistos: El acuerdo Nº 173 de fecha 5 de abril de 2001, del Consejo Directivo de Conama, que deja sin efecto el acuerdo Nº 137 del 27 de enero de 2000, del mismo Consejo que aprobó el proyecto definitivo de la norma de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (Nox) y material particulado para buses con motores Diesel y vehículos pesados en la Región Metropolitana. La resolución exenta Nº 116 de 12 de febrero de 1999, que dio inicio a la elaboración del anteproyecto de revisión de la norma señalada. El Reglamento que Fija el Procedimiento y Etapas para Establecer Planes de Prevención y Descontaminación, contenido en el decreto supremo Nº 94 de 1995, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y lo dispuesto en la resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y las facultades que me otorga la ley 19.300.
Considerando:
1. Que en el proceso de elaboración de las normas de emisión para buses con motores Diesel y vehículos pesados en la Región Metropolitana, que se inició por resolución exenta Nº 116 de 12 de febrero de 1999, no se incluyó el contaminante metano y no se pudo considerar los antecedentes de la norma EURO III (directiva 99/96CE, de diciembre de 1999), que fijó valores actualizados de emisión para motores nuevos en Europa.
2. Que el Consejo Directivo ha ordenado por acuerdo Nº 173 de fecha 5 de abril de 2001, incorporar a la norma de emisión de gases para buses con motores Diesel y vehículos pesados en la Región Metropolitana, los nuevos valores y contaminantes comprendidos en la EURO III.
3. Que para tal fin es menester rectificar y complementar la resolución exenta Nº 116 de 12 de febrero de 1999, de manera de incluir en el proceso de elaboración de la norma los cambios pertinentes.
R e s u e l v o:
1. Rectifícase y compleméntase la resolución exenta Nº 116 de 12 de febrero de 1999, que dio inicio a la elaboración del anteproyecto de revisión de la norma de emisión de monóxido de carbono (CO), hidrocarburos totales (HC), óxidos de nitrógeno (Nox) y material particulado para buses con motores Diesel y vehículos pesados en la Región Metropolitana, en el sentido que conjuntamente con las anteriores se da inicio a la elaboración del anteproyecto de norma de emisión de metano para las fuentes señaladas.
2. Fíjase el plazo de 7 días corridos, como límite para la recepción de antecedentes sobre el contaminante metano, contados desde la fecha de publicación de la presente resolución en un diario o periódico de circulación nacional. Cualquier persona natural o jurídica podrá, dentro del plazo señalado, aportar antecedentes técnicos, científicos y sociales sobre la materia.
3. En todo lo no modificado por este acto, se mantiene plenamente vigente la resolución exenta Nº 116, del 12 de febrero de 1999, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.
4. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en un diario o periódico de circulación nacional.