MODIFICA DECRETO Nº 235, DE 1985
Santiago, 30 de marzo de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 44.- Visto: El D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, y sus modificaciones, que reglamenta el Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales de construcción de viviendas sociales; la ley Nº 16.391, y en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto; el D.L. Nº 1.305, de 1975 y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, en el sentido de reemplazar su artículo 1º, por el siguiente:
"Artículo 1º.- El Ministerio de Vivienda y Urbanismo podrá participar, a través de los Servicios de Vivienda y Urbanización, en la forma que señala el presente reglamento, en el desarrollo de Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales, que organicen entidades de derecho público o privado, con o sin fines de lucro, destinados a la atención de postulantes que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 10 del D.S. Nº 62 (V. y U.), de 1984, con excepción de los señalados en las letras a), d) y g) del inciso tercero de dicho artículo, para lo cual deberán presentar solicitud de inscripción en formulario que para estos efectos le proporcionará el Serviu respectivo.". Por razones de urgencia, la Contraloría General de la República se servirá tomar razón del presente decreto en el plazo de cinco días.