MODIFICA RESOLUCION Nº 57 EXENTA, DE 2001, QUE PROHIBE CIRCULACION DE VEHICULOS DE CUATRO O MAS RUEDAS DENTRO DE PERIMETRO Y EN CONDICIONES QUE INDICA
Núm. 168 exenta.- Santiago, 30 de mayo de 2001.- Visto: Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 57 de 28 de febrero de 2001 publicada en el Diario Oficial de 3 de marzo del mismo año, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana,
R e s u e l v o:
Modifícase la resolución exenta Nº 57/2001 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido que se indica:
1) Sustitúyase el punto 2º letra b) de la parte resolutiva por el siguiente: "b) Buses licitados: La restricción regirá entre las 10:00 horas y las 16 horas. Todos los buses licitados cuya salida se efectúe antes de las 10:00 horas AM, deberán completar su recorrido hasta llegar al terminal de destino; y los que circunvalen, deberán finalizarlo en el terminal de origen." 2) Elimínase del primer inciso del punto 3º de la parte resolutiva, la siguiente expresión: "todos los buses de transporte público de pasajeros (urbanos y rurales) y".