MODIFICA DECRETO N° 466, DE 1992, QUE REGLAMENTA SISTEMA DE RENEGOCIACION Y DE SUBVENCION PARA DEUDAS QUE INDICA
Santiago, 21 de Octubre de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.811.- Vistos: el decreto N° 466, de 1992, del Ministerio del Interior, modificado por los decretos N° 1.637, de 1992, N° 931, de 1993, N° 1.937, de 1993, y N° 1.025, de 1994, todos del mismo Ministerio; lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República, y considerando que, en la especie, se ha tenido el propósito de favorecer a personas de escasos recursos que han obtenido solución habitacional a través del financiamiento otorgado por el Fondo Social Presidente de la República y Fondo Nacional de Desarrollo Regional, y que para posibilitar a los beneficiarios acogerse a la renegociación y subvención otorgada, es necesario adecuar el sistema de cálculo que establece el artículo segundo del decreto N° 466, a la modificación del monto máximo posible de la operación, que se produjera por la dictación del decreto de Interior N° 1.637, de 1992.
Decreto:
Modifícase el Decreto N° 466, de 28 de Abril de 1992, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial de 23 de septiembre de 1992, sustituyéndose, en el inciso cuarto del artículo segundo, la frase "equivalente de 100" por las expresiones "tope de 450".