MODIFICA RESOLUCION Nº 75, DE 2001
Núm. 91 exenta.- Santiago, 7 de junio de 2001.- Visto: Lo informado por la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca en memorándum Nº 490 de 6 de junio del 2001; la ley Nº 19.713; las resoluciones ministeriales exentas Nº 51 y Nº 75, ambas del 2001, de este Ministerio.
Considerando:
Que se han resuelto las reclamaciones presentadas por los armadores contra las resoluciones que publican los antecedentes a que se refiere el artículo 6º de la ley Nº 19.713. Que se ha observado un error de hecho en la resolución ministerial exenta Nº 75 del 2001, que debe ser corregido.
R e s u e l v o:
1.- Modifícase la letra c) del numeral 1º de la resolución Nº 75 del 2001, que rectificó la resolución Nº 51 del 2001, ambas de este Ministerio, que acoge parcialmente la reclamación de Pesquera Iquique-Guanaye S.A., RUT. Nº 91.123.000-3, con domicilio en Estado Nº 337, Oficina 301, Santiago, en el sentido de considerar como captura total de la nave "Lonco", en el mes de julio de 1997, la cantidad de 2499,690 toneladas, en la determinación de su límite máximo de captura en la unidad de pesquería del recurso Jurel, en el área marítima de la V a la IX regiones, individualizada en el artículo 2º letra c) de la ley Nº 19.713.
2.- Transcríbase copia de la presente resolución al Servicio Nacional de Pesca.