AUTORIZA CIRCULACION EN DIAS Y HORAS INHABILES Y EXIME DE OBLIGACION DE LLEVAR DISTINTIVO ESTATAL DE VEHICULO DE LA OFICINA DE ESTUDIOS Y POLITICAS AGRARIAS. DEROGA DECRETOS Nº 26, DE 1993 Y Nº 1, DE 1997
Santiago, 9 de mayo de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue.
Núm. 75 exento.- Visto: El oficio Nº 83, de 2001, de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias; lo dispuesto en el decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL. Nº 294, de 1960; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República y los artículos 32º, Nº 8 y 35º de la Constitución Política de la República, y
Considerando: Que la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias debe destinar un vehículo para la recepción y traslado de representantes de países y organismos internacionales, en materia de asistencia técnica y cooperación financiera internacional silvoagropecuaria, por lo que se hace necesario que el vehículo que se indicará pueda circular sábados en la tarde, domingos y festivos, sin restricción de horarios y sin el distintivo ordenado por el artículo tercero del decreto ley Nº 799, de 1974,
D e c r e t o:
1.- Autorízase la circulación del siguiente vehículo, propiedad de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, en días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo, el que además quedará exento de usar el disco distintivo estatal que señala el artículo 3º del decreto ley Nº 799, de 1974:
Tipo : Van Marca : Chevrolet Modelo : Zafira Van 1.8-115Hp Motor : X18XE120N72392 Chassis : WOLOTCF75YH000664 Año : 2001 Color : Blanco Casablanca Patente Unica : US 4820 Inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados : US 4820-9
2.- Deróganse los decretos Nº 26, de 1993 y Nº 1, de 1997, ambos del Ministerio de Agricultura.