DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 1.065, DE 1999. DESAFECTA DE SU CALIDAD DE TAL Y AFECTA A CALIDAD DE PARQUE NACIONAL TERRENOS QUE INDICA, EN LA X REGION DE LOS LAGOS. MODIFICA DECRETO Nº 734, DE 1982, EN PARTE QUE INDICA Núm. 368.- Santiago, 27 de diciembre de 2000.- Vistos: estos antecedentes; lo informado por la Oficina Provincial de Bienes Nacionales de Chiloé, en oficio Nº 3.530, de fecha 25 de octubre; por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos, en oficio Nº 824, de fecha 3 de noviembre, todos de 1999; por la División de Bienes Nacionales, en oficios Nºs. 703, de fecha 22 de noviembre de 1999, 282, de fecha 24 de marzo del año 2000 y 1.285, de fecha 23 de noviembre de 2000; y, por la Jefa de Gabinete del señor Ministro de Bienes Nacionales, en Of. Int. Nº 251, de fecha 23 de noviembre de 1999; Considerando: que, mediante D.S. Nº 734, de 1982, en su numerando II.-, fue creado el Parque Nacional "Chiloé", situado en la provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos; Que, entre las pretensiones territoriales, de la etnia Huilliche en Chiloé, la ocupación que mantienen las comunidades de Chanquin y Huentemó, en los sectores de los mismos nombres, aledaños al Parque Nacional de Chiloé, representan un punto importante en la temática indígena de la provincia, por lo que se han realizado esfuerzos importantes para su solución; Que, en el año 1993, en el marco de la Comisión de Estudios de Tierras Huilliches de Chiloé (creada por el Gobierno, con representación de la Gobernación Provincial, Bienes Nacionales, Comisión Especial de Pueblos Indígenas, Obispado de Ancud, Conaf y caciques de las Comunidades), se acordó, en razón a que no era posible lograr un acuerdo entre Conaf y las comunidades indígenas de Chanquin y Huentemó, que reclamaban parte del Parque Nacional "Chiloé", solicitar la mediación de Monseñor Juan Luis Isern, Obispo de Ancud, el cual elabora un documento de diagnóstico y propone transferir a las comunidades señaladas, aproximadamente 4.000 hás.; Que, en agosto de 1995, acogiendo la propuesta de Monseñor Juan Luis Isern, los organismos señalados anteriormente solicitaron un estudio a la Universidad de Concepción, por medio del cual se determinaría las superficies de terreno, tanto dentro como fuera de la Reserva, que serían traspasadas a Conadi, el cual se encuentra terminado; Teniendo presente: lo dispuesto en el D.L. Nº 1.939, de 1977,
D e c r e t o:
I.- Déjase sin efecto D.S. Nº 1.065, de fecha 3 de diciembre de 1999, del Ministerio de Bienes Nacionales.
II.- Desaféctase de su calidad de Parque Nacional, el terreno signado como Predio Nº 8, compuesto por los Lotes "a" y "b", provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos, que tiene una superficie total de dos mil setecientas sesenta y cinco coma cincuenta hectáreas (2.765,50 hás.), individualizado en el plano Nº X-4-9768-C.R., y, cuyos deslindes particulares son:
- Lote "a" (superf. 2.734,04 hás.) - Norte, por la ribera sur del río Anay desde su desembocadura en el Mar Chileno, aguas arriba hasta el vértice Nº VIII de coordenadas 5.297.911 Norte, 567.844 Este; - Este, con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 2), en línea quebrada de tres trazos que une el vértice Nº VIII de coordenadas 5.297.911 Norte y 567.844 Este; con los vértices Nºs. VII y VI de coordenadas 5.291.855 Norte y 571.295 Este; 5.288.351 Norte y 572.416 Este, respectivamente y el vértice Nº V de coordenadas 5.287.019 Norte y 574.393 Este, ubicados en el curso del río Deñal. Desde este último vértice por el curso del río Deñal aguas arriba, hasta el vértice Nº IV de coordenadas 5.286.433 Norte y 575.284 Este. Con terreno fiscal (Predio Nº 2, Parque Nacional Chiloé), en línea quebrada de dos trazos que une el vértice anterior, con los vértices Nºs. III y II de coordenadas 5.285.683 Norte, 576.615 Este y 5.285.104 Norte y 576.539 Este, respectivamente, este último vértice sobre el río Cipresal. Con terrenos particulares y terreno fiscal (resto Fundo Anay, Predio Nº 7) separados por línea recta que va desde el punto anterior en dirección norponiente hasta 300 m. aproximadamente de la cota 141 y línea sinuosa de dirección norte-sur hasta cruzar el río Cipresal y línea recta de dirección norte-sur que va desde el punto anterior en el río Cipresal hasta el vértice Nº XVI de coordenadas 5.281.547 Norte y 574.207 Este. - Sur, con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 5), en línea quebrada de dos trazos que une los vértices Nºs. XVI y XV de coordenadas 5.281.547 Norte, 574.207 Este y 5.281.734 Norte, 573.962 Este, respectivamente. Con terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), desde este último punto continúa en línea sinuosa de sur a norte, hasta la ribera del lago Huelde. Desde este punto sigue por la ribera este, sur y oeste del lago Huelde, atravesando el río Puchanquin; y, - Oeste, con varios propietarios y terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), separado por una línea recta de dirección noroeste, desde el lago Huelde hasta el río Deñal. Desde este punto continúa por los deslindes de la propiedad de Comunidad Indígena Huilliche Buta Huapi Chilhué y terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), hasta llegar al Mar Chileno. Mar Chileno por la línea del litoral hasta Punta Deñal. Con terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "a"), separado por línea sinuosa desde la Punta Deñal hasta el río Chaquil. Curso del río Chaquil aguas arriba en un tramo de 750 m. aproximadamente para continuar en línea norponiente y línea sinuosa de dirección oriente poniente hasta el Mar Chileno. Continuando por la línea del litoral, con varios propietarios y terreno fiscal separado por líneas mixtas de orientación norte-sur y oriente-poniente hasta la costa de la Punta Huentemó. Desde ese punto con el litoral del Mar Chileno hasta el vértice Nº XXI de coordenadas 5.293.537 Norte y 567.208 Este. Con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 6), desde el vértice Nº XXI, en línea quebrada de dos trazos de dirección poniente oriente hasta el vértice Nº XX de coordenadas 5.293.513 Norte, 567.465 Este; desde el vértice Nº XX en línea sinuosa por quebrada sin nombre hasta la ribera sur del río Cole-Cole en el vértice Nº XIX de coordenadas 5.293.917 Norte, 567.482 Este; y desde este último vértice por la ribera sur del río Cole-Cole hasta la desembocadura en el Mar Chileno. Desde este punto por el Mar Chileno hasta la desembocadura del río Anay en su ribera sur, en el vértice Nº VIII de coordenadas 5.297.911 Norte y 567.844 Este, incluyendo todos los islotes y roqueríos adyacentes.
- Lote "b" (superf. 31,46 hás.).
- Norte, con terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), en línea recta de dirección noreste, que une los vértices Nºs. XXII y XXIII de coordenadas 5.282.041 Norte, 572.385 Este y 5.282.102 Norte, 572.523 Este; desde el vértice Nº XXIII con varios propietarios, en línea sinuosa hasta el vértice NºXXIV de coordenadas 5.281.906 Norte, 572.864 Este; - Este, con terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), en línea mixta de norte a sur y de poniente a oriente que une los vértices Nºs. XXIV y XIV de coordenadas 5.281.906 Norte, 572.864 Este y 5.281.508 Norte, 573.189 Este; - Sur, con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 5), en línea quebrada de cinco trazos que une los vértices Nºs. XIV y XIII de coordenadas5.281.508 Norte, 573.189 Este y 5.281.267 Norte, 572.711 Este; y, - Oeste, con terreno fiscal (Predio Nº 9, Lote "b"), en línea recta que une los vértices Nºs. XIII y XXII de coordenadas 5.281.267 Norte, 572.711 Este y 5.282.041 Norte, 572.385 Este.
III.- Aféctase a calidad de Parque Nacional, un retazo del terreno fiscal denominado "Resto del Fundo Anay", signado como Predio Nº 4, para adicionarlo al Parque Nacional "Chiloé", individualizado en el plano Nº X-4-9768-C.R.; inscrito, en mayor cabida, a fs. 153 Nº 206, en el Registro de Propiedad de 1971, del Conservador de Bienes Raíces de Castro, provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos, con una superficie de un mil ochocientas cuarenta y una coma treinta hectáreas (1.841,30 hás.); y, cuyos deslindes particulares son:
- Norte, con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 2), por el curso del río Cipresal aguas arriba, uniendo los vértices Nºs. II y I de coordenadas 5.285.104 Norte, 576.539 Este y 5.283.752 Norte, 580.098 Este; - Este, con resto de la Reserva Forestal Alcaldeo de Rauco, en línea quebrada de dos trazos que une los vértices Nºs. I y IX de coordenadas 5.283.752 Norte, 580.098 Este y 5.280.370 Norte, 579.863 Este. Desde el vértice Nº IX en línea sinuosa, aguas abajo por el curso de un estero sin nombre, hasta el lago Cucao en su ribera norte, en el vértice Nº X de coordenadas 5.278.957 Norte, 578.198 Este; - Sur, con ribera norte, del lago Cucao, en línea sinuosa, que une los vértices Nºs. X y XI de coordenadas 5.278.957 Norte, 578.198 Este y 5.280.237 Norte, 575.893 Este; y, - Oeste, con propiedad de Martina Avelina Alvarez Gómez, en línea recta que une los vértices Nºs. XI (sobre la ribera norte del lago Cucao) y XII de coordenadas 5.280.237 Norte, 575.893 Este y 5.280.266 Norte, 575.910 Este, respectivamente. Con terreno fiscal, Predio Nº 7, desde este último vértice en línea recta, hasta el vértice Nº II, en el curso del río Cipresal, de coordenadas 5.285.104 Norte y 576.539 Este.
El Secretario Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos deberá requerir del Conservador de Bienes Raíces competente, la anotación marginal que corresponda.
IV.- Modifícase el D.S. Nº 734, de fecha 17 de noviembre de 1982, del Ministerio de Bienes Nacionales, en su numerando II.-, en el sentido que el Parque Nacional "Chiloé" queda compuesto por los Predios Nºs. 1, 2, 3, 4, 5 y 6; con una superficie total aproximada de cuarenta y dos mil quinientas sesenta y siete coma setenta y ocho hectáreas (42.567,78 hás.), individualizados en el plano Nº X-4-9768-C.R.; y, cuyos deslindes particulares son:
- Predio Nº 1 (superf. 7.844,37 hás.).
- Norte, con el río Lar, desde su desembocadura en el Mar Chileno hasta la cota 280 m.s.n.m. y Parcelas del Fundo Chepu, separados por línea recta imaginaria que va desde la cota anterior hasta intersectar el primer estero sin nombre después de la cota 116 el cual es afluente del río Coluco; - Este, con resto Reserva Forestal Chepu, en línea curva que va desde el punto anterior en dirección sur, por el curso de estero sin nombre en 950 m. aproximadamente y parcelas del Fundo Chepu, separado por parte del estero sin nombre, siguiendo aguas arriba hasta intersectar la curva de nivel de los 150 m. y por línea recta imaginaria en dirección suroeste, pasando a 150 m. de la cota 567 y prolongándose en 5.050 m. hasta intersectar el río Refugio; - Sur, con río Refugio, desde el punto anterior aguas abajo hasta intersectar un estero sin nombre ubicado en la cota 51 m., parcelas del Fundo Chepu, en línea imaginaria de dirección norte-este hasta la intersección de la curva del nivel 450 m. para cambiar de dirección norponiente hasta intersectar la curva de nivel 250 m. siguiendo en dirección suroeste hasta intersectar la curva de nivel 200 m. y estero sin nombre, siguiendo su curso aguas abajo hasta intersectar la curva de nivel 100 m. Desde dicho punto continúa en línea sinuosa suroeste pasando por la cota 103 m. hasta intersectar estero sin nombre y siguiendo dicho estero hasta la confluencia con el río Refugio. Curso del río Refugio aguas abajo en 750 m. aproximadamente. Parcelas del Fundo Chepu, desde este punto, en línea recta de 4.900 m. aproximadamente en dirección nortesur, pasando por la cota 185 m. hasta el río Metalqui. Curso del río Metalqui aguas abajo hasta su desembocadura en el Mar Chileno; y, - Oeste, con Mar Chileno desde la desembocadura del río Metalqui, en dirección norte, por la línea del litoral hasta la desembocadura del río Lar, incluyendo los islotes y roqueríos frente a la costa, hasta un kilómetro de ella. Se excluye la isla Metalqui, y todos los islotes y roqueríos adyacentes a ella.
- Predio Nº 2 (superf. 32.744,68 hás.).
- Norte, con río Curi desde la desembocadura en el Mar Chileno hasta 100 m. antes de intersectar la curva de nivel 150 m. Fundo San Pedro, en línea quebrada de rumbo sureste para continuar con rumbo este hasta el vértice noroeste del Fundo Pichihué; - Este, con Fundo Pichihué, separado por línea quebrada que va desde el punto anterior en dirección suroeste que pasa por un punto formado por la intersección de un estero sin nombre y la curva de nivel de los 450 m. prolongándose en esa dirección en 425 m. aproximadamente. Luego sigue en línea sinuosa con dirección sureste hasta intersectar la curva de los 600 m. Desde este punto prosigue en esa misma dirección, en línea recta de 9.700 m. aproximadamente, cruzando por el río Abtao y Ñango a la altura de las cotas 410 m. y 500 m., respectivamente, hasta llegar a la curva de nivel de los 650 m., en un punto ubicado 1.200 m. aproximadamente al norte de un estero sin nombre, afluente del río Anay. Continúa en sentido poniente oriente, en línea recta de 2.310 m. hasta el vértice noroeste del Fundo Alcaldeo de Llau-Llao. Fundo Alcaldeo de Llau-Llao, separado por línea recta de dirección nortesur y línea curva en dirección sureste a cerro sin nombre de cota 803 m. vértice suroeste del mismo Fundo. Con resto Reserva Forestal Gamboa y resto Reserva Forestal Alcaldeo de Rauco, separado por línea sinuosa formada por la divisoria de aguas de la Cordillera de Piuchén y pasando por las cotas 830, 829, 725, 802, 803, 783, 780, 765, 752, 705, 684, 536, 587 y 558 m. hasta el límite poniente de terrenos particulares y resto Reserva Forestal Alcaldeo de Rauco, separado por línea sinuosa que va a 150 m. al este de la cota 558, hasta 100 m. al este de la cota 470 m.; - Sur, con resto de la Reserva Forestal Alcaldeo de Rauco, en línea sinuosa pasando 100 m. al este de la cota 440 m. hasta la intersección del estero sin nombre y de la curva de nivel de los 150 m. Sigue por el curso del estero, aguas abajo, hasta el río Cipresal. Curso del río Cipresal, aguas abajo, hasta el vértice Nº I de coordenadas 5.283.752 Norte, 580.098 Este. Con terreno fiscal, Predio Nº 4, por el curso del río Cipresal, desde el vértice Nº I hasta el vértice Nº II de coordenadas 5.285.104 Norte, 576.539 Este; y, - Oeste, con terreno fiscal, Predio Nº 8-Lote "a", en línea quebrada de dos trazos, que une los vértices Nºs. II de coordenadas 5.285.104 Norte, 576.539 Este, sobre el curso del río Cipresal; III de coordenadas 5.285.683 Norte, 576.615 Este y Nº IV de coordenadas 5.286.433 Norte, 575.284 Este, sobre el río Deñal. Por el curso de este río aguas abajo, hasta el vértice Nº V, de coordenadas 5.287.019 Norte, 574.393 Este. Desde este vértice, en línea quebrada de tres trazos con rumbo noroeste, que une con los vértices Nºs. VI de coordenadas 5.288.351 Norte, 572.416 Este; VII de coordenadas 5.291.855 Norte, 571.295 Este, y VIII de coordenadas 5.297.911 Norte, 567.844 Este; este último sobre la ribera sur del río Anay. Desde este último punto, por la ribera sur del mismo río hasta la desembocadura en el Mar Chileno. Desde el punto anterior con rumbo norte, por la línea del litoral del Mar Chileno hasta la desembocadura del río Curi, incluyendo todos los islotes y roqueríos adyacentes frente a la costa, hasta un kilómetro de ella.
- Predio Nº 3 (superf. 50,00 has., Isla Metalqui y todos los islotes y roqueríos adyacentes).
- Norte, Este, Sur y Oeste, Mar Chileno.
- Predio Nº 4 (superf. 1.841,30 hás.).
- Norte, con terreno fiscal (Parque Nacional Chiloé, Predio Nº 2), por el curso del río Cipresal aguas arriba, uniendo los vértices Nºs. II y I de coordenadas 5.285.104 Norte, 576.539 Este y 5.283.752 Norte, 580.098 Este; - Este, con resto de la Reserva Forestal Alcaldeo de Rauco, en línea quebrada de dos trazos que une los vértices Nºs. I y IX de coordenadas 5.283.752 Norte, 580.098 Este y 5.280.370 Norte, 579.863 Este. Desde el vértice Nº IX, en línea sinuosa, aguas abajo por el curso de un estero sin nombre hasta el Lago Cucao en su ribera norte, en el vértice Nº X de coordenadas 5.278.957 Norte, 578.198 Este; - Sur, con la ribera norte del Lago Cucao, en línea sinuosa, que une los vértices Nºs. X y XI de coordenadas 5.278.957 Norte, 578.198 Este y 5.280.237 Norte, 575.893 Este, y, - Oeste, con propiedad de Martina Avelina Alvarez Gómez, en línea recta que une los vértices Nºs. XI (sobre la ribera norte del Lago Cucao) y XII de coordenadas 5.280.237 Norte, 575.893 Este y 5.280.266 Norte, 575.910 Este, respectivamente. Con terreno fiscal, Predio Nº 7, desde este último vértice en línea recta, hasta el vértice Nº II, en curso del río Cipresal, de coordenadas 5.285.104 Norte y 576.539 Este.
- Predio Nº 5 (superf. 77,43 hás.).
- Norte, con terreno fiscal, Predio Nº 8-Lote "b", en línea quebrada de cuatro trazos que une los vértices Nºs. XIII y XIV de coordenadas 5.281.267 Norte, 572.711 Este y 5.281.508 Norte, 573.189 Este, respectivamente. Desde este último vértice con terreno fiscal, Predio Nº 9-Lote "b", en línea quebrada de cuatro trazos, hasta el vértice Nº XV de coordenadas 5.281.734 Norte, 573.962 Este. Desde este último vértice con terreno fiscal, Predio Nº 8-Lote "a", en línea quebrada de dos trazos hasta el vértice Nº XVI de coordenadas 5.281.547 Norte, 574.207 Este; - Este, con terreno fiscal, Predio Nº 7, en línea sinuosa desde el vértice Nº XVI de coordenadas 5.281.547 Norte, 574.207 Este, hasta la ribera norte del Lago Cucao, en el vértice Nº XVII de coordenadas 5.281.228 Norte, 574.260 Este; - Sur, con ribera norte del Lago Cucao, desde el vértice Nº XVII, en línea sinuosa hasta el río Cucao o Desaguadero, en el vértice Nº XVIII de coordenadas 5.280.470 Norte, 573.658 Este; y, - Oeste, con terreno fiscal, Predio Nº 9-Lote "c", en línea recta, de dirección noroeste desde el río Cucao o Desaguadero, en el vértice Nº XVIII de coordenadas 5.280.470 Norte, 573.658 Este, hasta propiedad particular de varios propietarios. Desde allí, en línea quebrada de cuatro trazos hasta el vértice Nº XIII de coordenadas 5.281.267 Norte, 572.711 Este.
- Predio Nº 6 (superf. 10,00 hás.).
- Norte, con río Cole-Cole, desde su desembocadura con el Mar Chileno, por el curso de éste aguas arriba, hasta el vértice Nº XIX de coordenadas 5.293.917 Norte, 567.482 Este; - Este, con terreno fiscal, Predio Nº 8-Lote "a", desde el río Cole-Cole, en el vértice Nº XIX de coordenadas 5.293.917 Norte, 567.482 Este, en línea sinuosa por quebrada sin nombre de norte a sur, hasta el vértice Nº XX de coordenadas 5.293.513 Norte, 567.465 Este; - Sur, con terreno fiscal, Predio Nº 8-Lote "a", desde el vértice Nº XX de coordenadas 5.293.513 Norte, 567.465 Este, en línea quebrada de dos trazos de oriente a poniente, hasta el vértice Nº XXI de coordenadas 5.293.537 Norte y 567.208 Este, y, - Oeste, con Mar Chileno, desde el vértice Nº XXI de coordenadas 5.293.537 Norte, 567.208 Este, por la línea del litoral, hasta la desembocadura del río Cole-Cole.
El presente decreto formará parte integrante del que se modifica, para todos los efectos legales.
Se deja expresa constancia que el Parque Nacional "Chiloé" quedará bajo la tuición y administración de la Corporación Nacional Forestal (Conaf).
Una vez tramitado el presente decreto, deberá ser aprobado el plano Nº X-4-9768-C.R., quedando archivada copia de éste en la Corporación Nacional Forestal y en el Ministerio de Bienes Nacionales; además, los antecedentes deberán volver a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de Los Lagos, para los fines que procedan.