MODIFICA DECRETO Nº 506 EXENTO, DE 2001
Núm. 642 exento.- Santiago, 27 de septiembre de 2001.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento Nº 506 de 8 de agosto de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando: Que se incurrió en un error tipográfico en el numeral 1) del artículo 1º del decreto exento Nº 506 de 8 de agosto de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
D e c r e t o:
Articulo 1
Artículo 1º.- Modifícase el numeral 1) del artículo 1º del decreto exento Nº 506 de 8 de agosto de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción en el sentido siguiente: en la columna "Vértice" sustitúyese la última letra "D" por la letra "F".