Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 1.307, del 8 de octubre de 2001, que se extracta, se asignó en el concurso público de Telefonía Local Inalámbrica en la Banda de Frecuencias 3.400-3.700 MHz., de 2001, a la empresa Compañía Nacional de Teléfonos Telefónica del Sur S.A., RUT Nº 90.299.000-3, con domicilio en San Carlos Nº 107, Valdivia, X Región, una concesión de Servicio Público Telefónico Local Inalámbrico en la Banda de Frecuencias 3.400-3.700 MHz., en el bloque C (3.450-3.475 MHz; 3.550-3.575 MHz), para la Undécima Región, cuyos elementos relevantes son los siguientes:
Características Técnicas Comunes:
Técnica de Acceso : TDMA/FDD Banda de Frecuencia : 3.450-3.475 MHz; 3.550-3.575 MHz. Ancho de Banda por portadora: 7 MHz. Potencia de Transmisión : 0.5 Watt. Sistema Radiante : Base-Sectorial Plano, con ganancia máxima de 21 dBi., (opción Omnidireccional) Abonado-Panel direccional, con ganancia máxima de 21 dBi.
Las ubicaciones de las estaciones base se indica a continuación:
VER DIARIO OFICIAL DE 16.10.2001; PAGINA 18. Se instalará un centro de conmutación en la zona primaria de Coihaique. La ubicación del centro de conmutación será la siguiente:
Centro de Conmutación Ubicación Coihaique Simón Bolívar Nº 191, Coihaique
El centro de conmutación se conectará a las EB (Estaciones Base), y se interconectará con la red pública telefónica existente, y con las redes de las concesionarias que corresponda, por medios propios y/o de terceros debidamente autorizados.
Tipo de Servicio: Servicio público telefónico local inalámbrico, sin perjuicio de otros servicios que la normativa vigente permita proveer.
Zona de Servicio: Está determinada por la zona de cobertura comprometida para cada una de las estaciones base señaladas anteriormente, de acuerdo al proyecto técnico presentado y a lo dispuesto en las bases.
Plazos: Los plazos para el inicio y el término de las obras, así como para el inicio del servicio, serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras : 1 mes. Término de Obras : 11 meses. Inicio de Servicios: 12 meses.
Todos estos plazos están referidos a la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto supremo que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, y en el artículo 7º del decreto supremo Nº 412 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a objeto de que el que tenga interés en ello pueda oponerse al otorgamiento de la concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la presente publicación. De existir oposición, ésta deberá presentarse por escrito ante el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan, y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-