DEROGA DECRETO Nº535 EXENTO, DE 2000. ASIGNA Y AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS EN FORMA QUE SEÑALA Núm. 999 exento.- Santiago, 26 de octubre de 2001.- Vistos: Los antecedentes; las resoluciones Nº 772/2001, Nº 787/2001, Nº 788/2001, que aprueban traslado de vehículos a las Seremis de Bienes Nacionales, el Convenio de Comodato con fecha 08.08.2001, entre el Ministerio de Bienes Nacionales y Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y la Orden de Servicio Nº4 de fecha 06.07.2001, del Ministerio de Bienes Nacionales, y Documento Conductor Nº 37213 de fecha 4 de septiembre de 2001, de la Unidad Recursos Físicos.
Considerando:
Que mediante decreto exento Nº 535 de fecha 10 de mayo del 2000, del Ministerio de Bienes Nacionales, se dispuso el uso y circulación de los vehículos del Nivel Central. Que, dicho decreto se encuentra obsoleto, atendido que en él se señalan vehículos que ya no son de uso de la oficina del Nivel Central, por el solo hecho de haber sido trasladados a regiones y prestados en Comodato y a través de Orden de Servicio al Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Que, habiéndose originado una redistribución, incluyendo préstamos y traslados de vehículos del Nivel Central. Que, en Convenio de Comodato fechado 08.08.2001, se entregaron el vehículo marca Chevrolet, modelo Lumina, patente RD 6536-9 y, en Orden de Servicio Nº4 de fecha 06.07.2001, el camión, marca Iveco, modelo Daily, patente NB 6086-5, ambos al Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por lo anteriormente expuesto, es preciso derogar el decreto Nº535 fechado el 10 de mayo de 2000, antes señalado.
Teniendo presente: Lo establecido en los artículos 1º y 3º del decreto ley Nº 799, de 1974, modificado por el DFL Nº 12-2.345, de 1979, del Ministerio del Interior, y por la ley Nº 18.267, artículo 14º; las instrucciones impartidas por la CGR, con fecha 6 de febrero de 1975, que rige la materia objeto del presente decreto; el oficio Circular Nº 6, de fecha 14 de julio de 1998, del Ministerio de Bienes Nacionales; el D.S. Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno y, la resolución Nº 520 de 1996, de la C.G.R., y sus modificaciones,
D e c r e t o:
1º.- Derógase el decreto (exento) Nº 535 de fecha 10 de mayo del 2000, del Ministerio de Bienes Nacionales, en consideración a la asignación y autorización de circulación de vehículos, en forma que se señala.
I.- A la Sra. Subsecretaria
- Automóvil, marca Chevrolet, modelo Lumina, motor Nº1T9116591, Nº chassis 2G1WN52M8T-9116591, color verde metálico, año 1996, Nº Patente rol D.A.E. PA 4332-7. Asígnase a la Sra. Subsecretaria, cuando el vehículo de la señalada autoridad de Gobierno se encuentre imposibilitado de circular, el vehículo que a continuación se indica: - Automóvil, marca Hyundai, modelo Sonata 2.0 GLS, motor NºG4CPT-202479, Nº de chassis KMCHF31FPVU 801565, color verde petróleo, año 1997, Nº de Patente rol D.A.E. RE 3959-1, sin obligación de llevar disco fiscal.
Los vehículos antes asignados a la autoridad de Gobierno que se señala podrán, por el solo ministerio de la ley, circular durante los días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin la obligación de llevar el disco distintivo, por las exigencias propias de sus cargos.
Los vehículos asignados a la Sra. Subsecretaria, podrán ser guardados en el domicilio particular del chofer asignado para su conducción previa autorización de la señalada autoridad de Gobierno.
II.- A DisposiciOn del servicio en pool de vehIculos - Automóvil, marca Hyundai, modelo Sonata 2.0 GLS, motor NºG4CPT-198107, Nº de chassis KMHCF31PVU 799337, color plateado, año 1997, Nº de Patente rol D.A.E. RE 3960-5. sin obligación de llevar disco fiscal. - Automóvil, marca Daewoo, modelo Nubira, motor Nº026455, Nº de chassis KLAJA696EWKO91619, color verde oscuro, año 1998, Nº de Patente rol D.A.E. SK 3969-6. Sin obligación de llevar disco fiscal. El vehículo que a continuación se individualiza deberá circular obligatoriamente con el disco fiscal transparente adherido al parabrisas. - Camioneta marca Chevrolet, modelo Luv D/C DLX 4x2, Nº de motor 541907 Nº de chassis 8GGTFR6FHWA-054564, año 1998, color blanco, Nº de Patente rol D.A.E. SF 26383.
III.- TRASLADADOS A REGIONES
- Jeep, marca Suzuki, modelo Vitara Nº motor 365087, Nº de chassis 140713, año 1994, color azul, Nº de Patente rol D.A.E. LG 3346-8, traslado a la I Región, según Res. exenta Nº788 de fecha 02.08.2001. - Camioneta marca Chevrolet, modelo Luv D/C DLX 4x2, Nº motor 557446, Nº de chassis 8GGTFR6FHWA059246, año 1998, color azul petróleo metálico, Patente rol D.A.E. SF.2698-7, trasladada a la IV Región, según Res. exenta Nº787 de fecha 02.08.2001. - Camioneta marca Nissan, modelo Nissan D/C, 4x2, 2.4 Nº motor KA24837532M, Nº de chassis 3N6CD13S3ZK013252, color rojo Nº de Patente rol D.A.E. TL 7549-4, trasladada a la X Región, según Res. exenta Nº772 de fecha 31.07.2001.
IV.- Entregados al Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Automóvil, marca Chevrolet, modelo Lumina, motor Nº1V9239777, Nº de chassis 2G1WN52M8V-9239777, color azul adriático, año 1997, Nº de Patente rol D.A.E. RD 6536-9 (Entregado en comodato al Ministerio de Vivienda y Urbanismo en convenio de fecha 8 de agosto del 2001, para uso de similar característica). - Camión, marca Iveco, modelo 49.10 Daily, motor Nº1901077, Nº de chassis 2CFC4970002133257, año 1995, color blanco, Patente rol D.A.E. NB 6086-5 (En calidad de préstamo al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante Orden de Servicio Nº4 de fecha 06.07.2001).
Los funcionarios autorizados para conducir en forma habitual los vehículos fiscales señalados en el presente decreto y todo aquel a quien se asigne el uso permanente de estos vehículos y tome asimismo la conducción habitual de ellos, deberán rendir una caución, en la forma establecida en la ley.
Los vehículos señalados en el numerando II, deberán estar diariamente a disposición del Pool de Vehículos del Ministerio, entre las 9:00 y las 18:00 horas, los que deberán guardarse en el estacionamiento del Ministerio de Bienes Nacionales, tanto al término de la jornada laboral como los fines de semana.
La División Administrativa, o quien ésta señale, deberá mantener una nómina actualizada de los choferes designados para la conducción de los vehículos indicados precedentemente y de sus domicilios particulares.