1.- Por resolución Nº Ex. 50, de 7 de diciembre de 2001, el Servicio de Impuestos Internos modificó resolución Nº Ex. 5.111, de 1995, que establece obligación de los bancos e instituciones financieras de informar al SII los intereses pagados o abonados en cuenta a sus clientes por operaciones de captación de cualquier naturaleza, no acogidos al mecanismo de incentivo al ahorro de la letra A) del artículo 57 bis de la Ley de la Renta, en la forma que señala:
a) En la letra a) del dispositivo 1 de la resolución Nº Ex. 50, de 7 de diciembre de 2001, se agrega al encabezamiento de la resolución Nº Ex. 5.111 D.O. de 31.10.95, luego de la palabra ''Bancos'' la siguiente frase: '', Banco Central de Chile''.
b) En la letra b) del dispositivo 1 de la resolución Nº Ex. 50, de 7 de diciembre de 2001, se agrega en el considerando Nº 3 de la resolución Nº Ex. 5.111 D.O. de 31.10.95, luego de la palabra ''Bancos'' la siguiente frase: '', Banco Central de Chile''.
c) En la letra c) del dispositivo 1 de la resolución Nº Ex. 50, de 7 de diciembre de 2001, se agrega en el resolutivo Nº 1 de la resolución Nº Ex. 5.111 D.O. de 31.10.95, luego de la palabra ''Bancos'' la siguiente frase: '', Banco Central de Chile''.
d) En la letra d) del dispositivo 1 de la resolución Nº Ex. 50, de 7 de diciembre de 2001, se agrega en el resolutivo Nº 2 de la resolución Nº Ex. 5.111 D.O. de 31.10.95, luego de la palabra ''Bancos'' la siguiente frase: '', Banco Central de Chile''.
2.- La aludida resolución rige, para los informes que deban presentarse, a partir del Año Tributario 2002. 3.- El texto íntegro de esta resolución se encuentra incluido en la página Web del Servicio de Impuestos Internos en Internet, cuya dirección es www.sii.cl y, además, se publicará en el Boletín del Servicio del mes de diciembre de 2001.