MODIFICA DECRETO Nº 120, DE 1995
Santiago, 26 de octubre de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 218.- Visto: La ley Nº 19.281 y sus modificaciones, que establece normas sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa, y en especial lo dispuesto en su artículo 68; el D.S. Nº 120 (V. y U.), de 1995 y sus modificaciones, que reglamenta los Títulos III, IV y V de dicha ley; la ley Nº 16.391 y en especial lo dispuesto en su artículo 21 inciso cuarto, y las facultades que me confiere el número 8º del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o:
Artículo único.- Modifícase el D.S. Nº 120 (V. y U.), de 1995, en el sentido de sustituir la tabla inserta en la letra C del inciso primero del artículo 23, por la siguiente:
"C. Zonas de renovación urbana o zonas de desarrollo prioritario:
Tramo de valor de la vivienda Monto del subsidio
C.1. Hasta 650 200
C.2. Más de 650 y hasta 1.000 200
C.3. Más de 1.000 y hasta 2.000 200".