FIJA FECHA DE CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 45 DEL DECRETO Nº 212, DE 1992
Núm. 1 exenta.- Valparaíso, 15 de enero de 2002.- Lo establecido en el artículo 45º del D.S. Nº 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes,
R e s u e l v o:
Fíjase la fecha de cumplimiento del artículo 45 del D.S. Nº 212/92 de Mintratel, relacionado con la exigencia de terminales de locomoción colectiva urbana, de acuerdo al siguiente calendario:
Servicios urbanos que se señalan Fecha de cumplimiento
Para todos los servicios 1 de febrero de 2004 urbanos que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la V Región.
Para todos los servicios urbanos de transporte Desde la fecha de su público de pasajeros que inscripción soliciten su primera inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajero de la V Región.