MODIFICA RESOLUCION EXENTA Nº 3.192, DE ESTE MINISTERIO, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 2001, EN EL SENTIDO QUE INDICA; APRUEBA NOMINAS DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN LLAMADO EXTRAORDINARIO 2001 A POSTULACION A SUBSIDIO HABITACIONAL PARA LA ATENCION DEL SECTOR RURAL PARA ATENDER A POSTULANTES DEL AREA DE DESARROLLO INDIGENA DE LA ZONA DEL LAGO LLEU-LLEU, VIII REGION DEL BIO BIO (TITULO I) Y PARA ATENDER A POSTULANTES DEL PLAN DE DESARROLLO INDIGENA DE LA X REGION DE LOS LAGOS (TITULO I); Y DEJA SIN EFECTO SOLICITUDES DE INSCRIPCION QUE INDICA, POR LAS RAZONES QUE SEÑALA
Santiago, 18 de febrero de 2002.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 507 exenta.- Visto: El D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986 y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural; la resolución exenta Nº 3.327, de fecha 27 de diciembre de 2000, modificada por resoluciones exentas Nº 2.179, Nº 2.180, Nº 2.554, Nº 3.265 y Nº 3.803, de fechas 24 y 27 de agosto de 2001, 4 de octubre de 2001, 22 de noviembre de 2001 y 28 de enero de 2002, respectivamente, todas ellas de los Ministerios de Hacienda y de Vivienda y Urbanismo; el D.S. Nº 60, del Ministerio de Planificación y Cooperación, de 2001; la resolución exenta Nº 1.106, de este Ministerio, de fecha 27 de abril de 2000, publicada en el Diario Oficial del 6 de mayo de 2000, modificada por resoluciones exentas Nº 364 y Nº 2.976, de este Ministerio, de fechas 14 de febrero y 2 de noviembre de 2001, publicadas en el Diario Oficial del 20 de febrero y del 10 de noviembre de 2001, respectivamente; la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de fecha 16 de noviembre de 2001, publicada en el Diario Oficial del 23 de noviembre de 2001; la resolución exenta Nº 1.008, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la X Región de Los Lagos, de fecha 6 de noviembre de 2001, publicada en el Diario Oficial del 13 de noviembre de 2001; y
Considerando:
a) Que en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, se dispuso el llamado extraordinario, Título I 2001 a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural para atender a postulantes del área de desarrollo indígena de la zona del Lago Lleu-Lleu, VIII Región del Bío Bío, fijándose en esa misma resolución el monto de los recursos que se destinarían para el financiamiento del subsidio directo correspondiente a ese Título para ese llamado extraordinario, así como su forma de distribución por tipo de postulación; b) Que en el número 2º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, se dispuso el llamado extraordinario, Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena de la X Región de Los Lagos, fijándose en esa misma resolución el monto de los recursos que se destinarían para el financiamiento del subsidio directo correspondiente a ese Título para ese llamado extraordinario, así como su forma de distribución por tipos de postulación. c) Que mediante resolución exenta Nº 1.106, de 2000, modificada por resoluciones exentas Nº 0364 y Nº 2.976, de 2001, todas ellas de este Ministerio, se fijaron las menciones y datos que deben contener las solicitudes de inscripción para postular a estos llamados, indicando los documentos que deberán acompañarse a ellos o exhibirse y su forma de presentación; d) Que el D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986 y sus modificaciones, establece algunas inhabilidades para postular al Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, así como las causales por las cuales este Ministerio podrá dejar sin efecto, mediante resoluciones, las solicitudes para postular a dicho beneficio, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
1º.- Modifícase la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, en el sentido de sustituir en su número 3º resolutivo el guarismo "15.000", por la cifra "23.370".
2º.- Apruébase la nómina de 130 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado extraordinario Título I 2001, para atender a postulantes del área de desarrollo indígena de la zona del Lago Lleu-Lleu, VIII Región del Bío Bío, dispuesto en el número 1º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, nómina que se entenderá formar parte integrante de la presente resolución.
3º.- Déjase constancia que la nómina de 130 postulantes que se aprueban en el número anterior comprometen un total equivalente a 19.480 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de postulantes seleccionados en el llamado extraordinario Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural para atender a postulantes individuales del área de desarrollo indígena de la zona del Lago Lleu-Lleu, VIII Región del Bío Bío, por no haberse presentado postulantes en la alternativa de postulación colectiva en este llamado.
4º.- Apruébase asimismo la nómina de 256 postulantes seleccionados para el goce del Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural correspondiente al llamado extraordinario Título I 2001, para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena de la X Región de Los Lagos, dispuesto por el número 2º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, nómina que se entenderá formar parte integrante de la presente resolución.
5º.- Déjase constancia que la nómina de 256 postulantes que se aprueba en el número anterior comprometen un total equivalente a 36.140 Unidades de Fomento (U.F.) para el financiamiento del subsidio directo destinado a la atención de los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, monto que se destina a la atención de postulantes del Plan de Desarrollo Indígena, X Región de Los Lagos, alternativa de postulación individual, por no haberse presentado postulantes en la alternativa de postulación colectiva en este llamado, el que se distribuye de la siguiente forma, según región, provincia y comuna, cuando corresponde, luego de efectuado el procedimiento dispuesto en los artículos 6º, 18 y 19 del D.S. Nº 167 (V. y U.), de 1986 y según lo dispuesto por resolución exenta Nº 1.008, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la X Región de Los Lagos, de 2001; MONTO DE RECURSOS COMPROMETIDOS U.F. REGION TIPO DE POSTULACION PROVINCIA INDIVIDUAL COMUNA U.F. X 36.140 CHILOE 7.140 OSORNO 8.850 PALENA 750 HUALAIHUE 750 VALDIVIA 19.400 FUTRONO 390 LAGO BANCO 2.850 LANCO 2.860 MAFIL 130 MARIQUINA 1.560 PAILLACO 2.600 PANGUIPULLI 8.230 RIO BUENO 780 6º.- Fíjase la siguiente distribución regional, provincial y comunal, cuando corresponda, en la alternativa de postulación individual para los Certificados de Subsidio Habitacional que se otorguen a los postulantes seleccionados en el llamado extraordinario Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena X Región de Los Lagos, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001;
REGION TOTAL POSTULANTES PROVINCIA SELECCIONADOS COMUNA (POSTULACION INDIVIDUAL) X 256 CHILOE 54 OSORNO 59 PALENA 5 HUALAIHUE 5 VALDIVIA 138 FUTRONO 3 LAGO BANCO 19 LANCO 22 MAFIL 1 MARIQUINA 12 PAILLACO 20 PANGUIPULLI 55 RIO BUENO 6 7º.- Publíquense las nóminas completas que se aprueban en los números 2º y 4º de esta resolución, en un periódico de circulación nacional, indicándose en dicha publicación el nombre completo del beneficiario, su Cédula Nacional de Identidad o RUT y el puntaje total obtenido, sin perjuicio de las nóminas completas de que dispondrán los SERVIU, las que señalarán, a los menos, el puntaje total y el obtenido en cada uno de los rubros considerados, por cada postulantes seleccionado; el Rol Unico Tributario; el monto del subsidio directo de cada postulantes seleccionado; el monto total del ahorro acumulado por cada postulante y el puntaje de corte correspondiente al último postulante seleccionado.
8º.- Déjanse sin efecto las 10 solicitudes de inscripción para el llamado extraordinario Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, para atender a postulantes del área de desarrollo indígena de la zona de Lago Lleu-Lleu, VIII Región del Bío Bío, efectuado por el número 1º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, presentados por las personas individualizadas en la nómina que se acompaña, la cual se entenderá formar parte integrante de la presente resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas.
9º.- Déjanse sin efecto las 26 solicitudes de inscripción para el llamado extraordinario Título I 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural, para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena, X Región de Los Lagos, efectuado por el número 2º de la resolución exenta Nº 3.192, de este Ministerio, de 2001, presentados por las personas individualizados en la nómina que se acompaña, la cual se entenderá formar parte integrante de la presente resolución, por las causales que en cada caso se expresan en dichas nóminas.
10.- Publíquense las nóminas completas a que se refieren los números 8º y 9º de la presente resolución en un periódico de circulación nacional y exhíbanse dichas nóminas en las Oficinas de los SERVIU de las Regiones VIII del Bío Bío y X de Los Lagos.
11.- En conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del número 8º del numeral I de la resolución exenta Nº 1.106, de 2000, modificada por resoluciones exentas Nº 0364 y Nº 2.976, de 2001, todas ellas de este Ministerio, aquellos postulantes que hubieren optado por el procedimiento que ahí se señala, si hubieren resultado seleccionados para recibir sus respectivos Certificados de Subsidio Habitacional, deberán presentar al SERVIU correspondiente, el documento que acredite la inscripción de dominio extendido con una anticipación no superior a 30 días a la fecha de postulación, en el caso que el documento acompañado excediere el plazo indicado.