RECTIFICA DECRETO Nº 84 EXENTO, DE 2002, QUE REAJUSTA MONTO DE LAS MULTAS EXPRESADAS EN PESOS ESTABLECIDAS EN LA LEY Nº 18.290 Y SUS MODIFICACIONES
Santiago, 6 de marzo de 2002.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 146 exento.- Vistos: lo dispuesto en el artículo 209 de la ley Nº 18.290; en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República, y en el numeral 54 del artículo 1º del decreto supremo de Interior Nº 654, de 17 de mayo de 1994, y
D e c r e t o :
Artículo único: Rectifícase el inciso 1º del artículo único del decreto exento Nº 84, de 8 de febrero de 2002, en el sentido que el reajuste de las multas expresadas en pesos de los artículos de la ley 18.290 que allí se señalan, rige a contar del 1º de marzo de 2002.