MODIFICA DECRETO Nº 31, DE 2000, Y ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACION EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PREVISION SOCIAL
Núm. 7.- Santiago, 23 de enero de 2002.- Vistos: lo dispuesto por los artículos 13º, 74º y 75º de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en los artículos 28º, 29º, 42º y 51º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración Pública; el artículo 49º de la ley Nº 18.827; el D.F.L. Nº 12, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social; el D.S. Nº 654, de 1994, del Ministerio del Interior, y
Teniendo presente: 1. Que, por D.S. Nº 31, de 2000, se estableció el orden de subrogación en el cargo de Subsecretario de Previsión Social. 2. Que, por razones de buen servicio es necesario establecer un nuevo orden de subrogación del cargo de Subsecretario de Previsión Social.
D e c r e t o :
1. Modifícase el D.S. Nº 31 de 2000, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social, la orden de subrogación correspondiente en caso de ausencia o impedimento de la señora Subsecretaria de Previsión Social, en el orden que se indica:
1º Superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones, Titular.
2º Director Nacional del Instituto de Normalización Previsional, Titular.
3º Superintendente de Seguridad Social, Titular.
4º Jefe de División Nivel II, Grado 3º E.U.S., Escalafón Directivo, de la Subsecretaría de Previsión Social, Titular.
5º Jefe de Departamento Nivel II, grado 6º E.U.S., Escalafón Directivo, Subsecretaría de Previsión Social, Titular.
2. Por razones impostergables de buen servicio, el presente decreto sufrirá su efecto antes de su total tramitación y será habilitante respecto del cargo en el que subroga.