1. Fíjase para el año 1994 las siguientes tarifas para los permisos y diligencias relacionadas con la Ley N° 18.356 que establece el Control de las Artes Marciales, de acuerdo al siguiente detalle:
Item Permiso Tasa
01 Permiso anual para Alumno de Artes Marciales $ 950.- 02 Permiso anual para Instructor de Artes Marciales 11.400.- 03 Permiso anual para mantener en funciones Establecimientos o Academias de Artes Marciales 22.700.- 04 Permiso para abrir Establecimientos o Academias de Artes Marciales 22.700.- 05 Permiso para crear la Rama de Artes Marciales e iniciar la actividad en Instituciones 5.900.- 06 Permiso para Cursos de adiestramiento y capacitación en Artes Marciales que efectúe y desarrolle cualquier organismo o Institución 5.900.- 07 Permiso para elaborar y fabricar implementos relacionados con las Artes Marciales 13.400.- 08 Permiso para poseer, tener o portar implementos relacionados con las Artes Marciales 2.200.- 09 Permiso para la realización de competencias, exhibiciones o cualquier evento relativo a las Artes Marciales de categoría nacional 6.800.- 10 Permiso para la realización de competencias, campeonatos, exhibiciones o cualquier evento relativo a las Artes Marciales de categoría regional. 6.800.- 11 Permiso para la realización de competencias, campeonatos, exhibiciones o cualquier evento relativo a las Artes Marciales de categoría internacional 6.800.- 12 Permiso para que extranjeros transeúntes puedan realizar alguna actividad relacionada con las Artes Marciales en el país 2.000.- 13 Permiso anual para distribuir, comercializar o tomar representación de los fabricantes de implementos de las Artes Marciales. 9.700.- 14 Permiso anual para distribuir, comercializar o tomar representaciones de material escrito o audiovisual o de cualquier otro relativo a las Artes Marciales e iniciar la actividad respectiva. 9.700.- 15 Permiso para importar implementos sometidos a control 13.600.- 16 Permiso para internar implementos sometidos a control 5.900.- 17 Permiso para exportar implementos sometidos a control 4.500.- 18 Permiso para importar material escrito o audiovisual destinado a la enseñanza y difusión de las Artes Marciales 13.600.- 19 Permiso para internar material escrito o audiovisual destinado a la enseñanza y difusión de las Artes Marciales 5.900.- 20 Permiso para exportar material escrito o audiovisual destinado a la enseñanza de Artes Marciales 4.400.- 21 Permiso anual para editar material escrito destinado a la enseñanza de las Artes Marciales 9.700.- 22 Resolución de reconocimiento de representantes de Instituciones nacionales o extranjeras 26.900.- 23 Autentificación de grados, cinturones, títulos, diplomas, certificados u otras credenciales 2.200.- 24 Certificado que otorgue la Dirección General de Movilización Nacional, a petición de los interesados, relacionados con la Ley N° 18.356 1.600.- 25 Duplicados de permisos o autorizaciones y Resoluci�nes 800.- 26 Presentación a examen Comisión Técnica 26.900.- 27 Solicitud cambio de Estilo 26.900.- 28 Otras diligencias o actuaciones no expresadas en Tabla 1.900.- 29 Permiso Anual para representantes de Estilo 27.000.- 2. Las tarifas que afecten a los Permisos y Actuaciones antes citados, se pagarán de acuerdo con los procedimientos administrativos que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a las Autoridades Fiscalizadoras respecto a las rendiciones de cuenta de los valores recaudados, lo que en todo caso, deberá efectuarse el primer día hábil de cada mes. 3.- Las tarifas indicadas precedentemente, regirán desde la publicación del presente Decreto Supremo. Su vigencia expirará con la publicación del Decreto Supremo correspondiente al año siguiente. 4.- La Dirección General de Movilización Nacional podrá eximir del pago de todo o parte de las tarifas que establece la presente tabla, en los casos calificados por el Reglamento Complementario.