MODIFICA DECRETO Nº 466, DE 1984, REGLAMENTO DE FARMACIAS, DROGUERIAS, ALMACENES FARMACEUTICOS, BOTIQUINES Y DEPOSITOS AUTORIZADOS
Núm. 6.- Santiago, 23 de enero de 2002.-Vistos: lo dispuesto en los artículos 2º y 9º letra c) y en el Sexto del Código Sanitario, decreto con fuerza de ley Nº 725 de 1967, del Ministerio de Salud y en los artículos 4º y 6º, del decreto ley Nº 2.763 de 1979:
Considerando: La necesidad de reconocer los títulos de Técnicos de Farmacia de Nivel Superior para los efectos del desempeño de quienes los poseen en las actividades de auxiliares y prácticos de Farmacia a que se refiere la reglamentación pertinente; y Teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política del Estado, D e c r e t o: