SUSTITUYE LISTA DE BIENES DE CAPITAL ESTABLECIDA POR EL DECRETO Nº 506, DE 1999
Núm. 2.- Santiago, 10 de enero de 2002.- Vistos:
El artículo 42 de la ley Nº 18.768, que reemplaza a contar desde el 1º de enero de 1990 la Nomenclatura utilizada en el Arancel Aduanero por la del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. El DFL Nº 2, de 15 de febrero de 1989, del Ministerio de Hacienda, que aprueba y tiene como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. El decreto de Hacienda Nº 671, de 1987, el cual especifica las mercancías que constituyen la lista de bienes de capital a que se refiere el artículo Nº 4, inciso 1º, de la ley Nº 18.634. El decreto de Hacienda Nº 506, de 1999, que sustituye la lista de capital establecida por el decreto de Hacienda Nº 671, de 1987, y sus modificaciones. El decreto de Hacienda Nº 1.019, de 2001, que modificó el Arancel Aduanero Nacional. El oficio ord. Nº 12.537, de 18 de diciembre de 2001, del Director Nacional de Aduanas, mediante el cual se propone el texto del presente decreto.
Considerando: La necesidad de adecuar los desgloses arancelarios y la designación de la lista mercancías de la lista de bienes de capital establecida por el decreto de Hacienda Nº 506, de 1999, y
Teniendo presente: Lo dispuesto en el inciso 1º del artículo 4º de la ley Nº 18.634,
D e c r e t o:
Artículo único: Sustitúyese la lista de bienes de capital establecida por el decreto de Hacienda Nº 506, de 1999, por la contenida en el Anexo del presente decreto, que forma parte integrante de él.
A N E X O
A) Bienes de Capital que pueden acogerse al sistema de pago previsto en la letra a) del artículo 9º de la Ley Nº 18.634, de 1987.
PARTIDA DESCRIPCION DE LAS OBSERVACIONES ARANCELARIA MERCANCIAS
3917.2900 De los demás plásticos Solamente tubos y sus accesorios necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como hidroductos, mineroductos y análogos, que tengan un diámetro de 90 o más centímetros y un largo de 16 o más metros.
4016.9400 Defensas, incluso Sólo defensas de inflables, para el muelles de caucho atraque de los barcos sin endurecer con sus respectivas cadenas y elementos de anclaje, para uso en todo tipo de muelles.
5608.1110 Redes confeccionadas Incluidos sus paños para la pesca de cuando se presentan materia textil aisladamente. sintética
5608.1120 Redes confeccionadas Incluidos sus paños para la pesca de cuando se presentan materia textil aisladamente. artificial
5608.9000 Las demás Solamente redes confeccionadas para la pesca, incluidos sus paños cuando se presenten aisladamente.
7302.1000 Carriles (rieles) Sólo aquellos necesarios para la construcción de una vía férrea que se presente conjuntamente con las piezas destinadas a su colocación, unión y fijación.
7302.4000 Bridas y placas de Solamente aquellas que asiento se presenten conjuntamente con los carriles (rieles) necesarios para la construcción de una vía férrea y las piezas destinadas a la colocación, unión y fijación de los carriles (rieles).
7302.9000 Los demás Solamente las piezas destinadas a la colocación, unión y fijación de los carriles (rieles), que se presenten conjuntamente con los carriles (rieles) necesarios para la construcción de una vía férrea.
7304.1000 Tubos de los tipos Solamente los utilizados en necesarios para oleoductos o la construcción gasoductos de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.2100 Tubos para Solamente los perforación necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.2900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.3100 Estirados o Solamente los laminados en frío necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.3900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.4190 Los demás estirados Solamente los o laminados en frío necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.4900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.5100 Estirados o laminados en frío Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.5900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7304.9000 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7305.1100 Soldados Solamente los longitudinalmente necesarios para la con arco construcción de sumergido ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7305.1200 Los demás, soldados Solamente los longitudinalmente necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7305.1900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7305.2000 Tubos para entubación Solamente los (''casing'') de los necesarios para la tipos utilizados en construcción de la extracción de ductos para el petróleo o gas transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7305.3100 Soldados Solamente los longitudinalmente necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros, como también conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
7305.3900 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros, como también conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
7305.9000 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros, como también conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado en instalaciones hidroeléctricas.
7306.1000 Tubos de los tipos Solamente los utilizados en necesarios para la oleoductos construcción de o gasoductos ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.2000 Tubos para entubación Solamente los (''casing'') o necesarios para la producción construcción de (''tubing'') de los ductos para el tipos utilizados transporte de para la extracción fluidos a larga de petróleo o gas distancia,tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.3000 Los demás, soldados, Solamente los de sección circular, necesarios para la de hierro o acero construcción de sin alear ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.4000 Los demás, soldados, Solamente los de sección circular, necesarios para la de acero inoxidable construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.5000 Los demás, soldados, Solamente los de sección circular, necesarios para la de los demás aceros construcción de aleados ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.6000 Los demás, soldados, Solamente los excepto los de necesarios para la sección circular construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7306.9000 Los demás Solamente los necesarios para la construcción de ductos para el transporte de fluidos a larga distancia, tales como oleoductos, gasoductos, mineroductos, hidroductos y análogos, que tengan alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas y, además, los utilizados en pozos petroleros.
7308.9000 Los demás Solamente compuertas de exclusas accionadas por mecanismos oleo- hidráulicos y muelles modulares prefabricados
7309.0090 Los demás Solamente recipientes, depósitos o estanques fijos, fabricados exclusiva mente en acero inoxidable, dotados de válvulas de descarga de accionamiento neumático y con una capacidad mínima de 20 metros cúbicos, para la recepción y el almacenamiento de recursos pesqueros en tierra.
7311.0020 Recipientes para gas Sólo evaporadores comprimido o licuado, fríos (tanques de fundición, hierro criogénicos) de 160 o acero de capacidad litros o más. superior a 100 litros pero inferior o igual a 500 litros
7311.0030 Recipientes para gas Sólo evaporadores comprimido o licuado, fríos (tanques de fundición, hierro criogénicos) de 160 o acero de capacidad litros o más. superior a 500 litros pero inferior o igual a 1.000 litros
7311.0090 Los demás recipientes Sólo evaporadores para gas comprimido fríos (tanques o licuado, de criogénicos) fundición, hierro o de 160 litros o más. acero
7322.9000 Los demás Solamente generadores de aire y gases calientes de uso industrial.
7325.1000 De fundición Solamente para no maleable cabezales de pozos petroleros.
7325.9900 Las demás Solamente para cabezales de pozos petroleros.
7326.1900 Las demás Solamente para cabezales de pozos petroleros.
7326.9000 Las demás Solamente para cabezales de pozos petroleros.
8205.5990 Las demás Solamente cepillos para metales.
8402.1110 Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 45 t por hora pero inferior o igual a 100 t por hora
8402.1120 Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 100 t pero inferior o igual a 200 t por hora
8402.1190 Las demás
8402.1200 Calderas acuotubulares con una producción de vapor inferior o igual a 45 t por hora
8402.1900 Las demás calderas de vapor, incluidas las calderas mixtas
8402.2000 Calderas denominadas "de agua sobrecalentada"
8404.1000 Aparatos auxiliares Sólo para calderas para las calderas de la Partida de las partidas 84.02. 84.02 ú 84,03
8404.2000 Condensadores para máquinas de vapor
8405.1000 Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores
8406.1000 Turbinas para la propulsión de barcos
8406.8110 Para la fabricación de grupos electrógenos de potencia superior a 40 MW
8406.8190 Las demás
8406.8200 De potencia inferior o igual a 40 MW
8407.1000 Motores de aviación
8407.2100 Del tipo fueraborda
8407.2900 Los demás
8407.9010 Estacionarios
8407.9090 Los demás
8408.1010 Motores para la propulsión de barcos del tipo fueraborda
8408.1090 Los demás
8408.2010 Motores de los tipos Solamente de 120 utilizados para la HP o superiores propulsión de vehículos de la partida 87.01
8408.2020 Motores de los tipos Solamente de 120 utilizados para la HP o superiores propulsión de vehículos de la partida 87.02
8408.2030 Motores de los tipos Solamente de 120 utilizados para la HP o superiores propulsión de vehículos de la partida 87.03
8408.2040 Motores de los tipos Solamente de 120 utilizados para la HP o superiores propulsión de vehículos de la partida 87.04
8408.2090 Los demás Solamente de 120 HP o superiores
8408.9010 Estacionarios
8408.9090 Los demás
8410.1110 Turbinas
8410.1120 Ruedas hidráulicas
8410.1210 Turbinas
8410.1220 Ruedas hidráulicas
8410.1310 Turbinas
8410.1320 Ruedas hidráulicas
8411.1100 De empuje inferior o igual a 25 kN
8411.1200 De empuje superior a 25 kN
8411.2100 De potencia inferior o igual a 1.100 kW
8411.2200 De potencia superior a 1.100 kW
8411.8100 De potencia inferior o igual a 5.000 kW
8411.8210 Para la fabricación de grupos electrógenos de potencia superior a 5.000 kW
8411.8290 Las demás
8412.1000 Propulsores a reacción, excepto los turborreactores
8412.2100 Con movimiento rectilíneo (cilindros)
8412.2900 Los demás
8412.3100 Con movimiento rectilíneo (cilindros)
8412.3900 Los demás
8412.8000 Los demás
8413.1100 Bombas para distribución de carburantes o lubricantes, de los tipos utilizados en gasolineras, estaciones de servicio o garajes
8413.1900 Las demás
8413.4000 Bombas para hormigón
8413.5000 Las demás bombas volumétricas alternativas
8413.6000 Las demás bombas volumétricas rotativas
8413.7000 Las demás bombas centrífugas
8413.8100 Bombas
8413.8200 Elevadores de líquidos
8414.1000 Bombas de vacío Excepto manuales o a pedal
8414.3090 Los demás Excepto de hasta 1 Hp
8414.4010 Con caudal inferior a 2 m3 por minuto
8414.4090 Los demás
8414.5900 Los demás Excepto de hasta 3 Hp
8414.6000 Campanas aspirantes Excepto de hasta 3 Hp en las que el mayor lado horizontal sea inferior o igual a 120 cm
8414.8010 Turbocargadores y Excepto manuales o supercargadores para a pedales. vehículos automotores Excepto de hasta 1 Hp
8414.8090 Los demás Excepto manuales o a pedales. Excepto de hasta 1 Hp
8415.1000 De pared o para Excepto aquellos ventanas, formando con compresor un solo cuerpo o hasta 10 Hp del tipo sistema de elementos separados ("split-system")
8415.8100 Con equipo de Excepto aquellos enfriamiento y con compresor válvula de inversión hasta 10 Hp del ciclo térmico (bombas de calor reversibles)
8415.8200 Los demás, con Excepto aquellos equipo de con compresor enfriamiento hasta 10 Hp
8415.8300 Sin equipo de Excepto aquellos enfriamiento con compresor hasta 10 Hp
8416.1000 Quemadores de combustibles líquidos
8416.2000 Los demás quemadores, incluidos los mixtos
8416.3000 Alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores mecánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares
8417.1000 Hornos para tostación, fusión u otros tratamientos térmicos de los minerales metalíferos (incluidas las piritas) o de los metales
8417.2000 Hornos de panadería, pastelería o galletería
8417.8000 Los demás
8418.5000 Los demás armarios, Sólo vitrinas arcones (cofres), comerciales con vitrinas, mostradores compresor de y muebles similares más de 1 Hp para la producción de frío
8418.6100 Grupos frigoríficos de compresión en los que el condensador esté constituido por un intercambiador de calor
8418.6910 Instalaciones frigoríficas Incluidas las paredes de aislantes que constituyan cámara de frío aunque se presenten aisladamente
8418.6920 Unidades de refrigeración Sólo de más de 1 Hp
8418.6990 Los demás
8418.9990 Las demás Solamente evaporadores y condensadores para instalaciones frigoríficas.
8419.1100 De calentamiento Excepto de uso instantáneo, de gas doméstico.
8419.1900 Los demás Excepto de uso doméstico.
8419.2000 Esterilizadores médicos, quirúrgicos o de laboratorio
8419.3100 Para productos agrícolas
8419.3210 Para madera
8419.3220 Para pasta para papel, papel o cartón
8419.3900 Los demás
8419.4000 Aparatos de destilación o rectificación
8419.5000 Intercambiadores de calor
8419.6000 Aparatos y dispositivos para licuefacción de aire u otros gases
8419.8910 Autoclaves
8419.8920 Evaporadores
8419.8990 Los demás
8420.1000 Calandrias y laminadores
8421.1100 Desnatadoras (descremadoras)
8421.1200 Secadoras de ropa Excepto de uso doméstico
8421.1900 Las demás Excepto de uso doméstico
8421.2110 Filtros prensa
8421.2192 Filtros depuradores de agua para calderas
8421.2193 Filtros depuradores de agua de acción química
8421.2199 Los demás
8421.2210 Filtros prensa
8421.2290 Los demás
8421.2910 Aparatos filtrantes de membrana
8421.2920 Filtros de vacío rotativos
8421.2990 Los demás
8421.3910 Convertidores catalíticos
8421.3990 Los demás
8422.1900 Las demás
8422.2000 Máquinas y aparatos de limpiar o secar botellas o demás recipientes
8422.3010 De llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas
8422.3020 De capsular botellas o tarros
8422.3030 De gasear bebidas
8422.3090 Los demás
8422.4000 Las demás máquinas y aparatos de empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil)
8423.2000 Básculas y balanzas para pesada y continua sobre transportador
8423.3000 Básculas y balanzas para pesada constante, incluidas las de descargar pesos determinados en sacos (bolsas) u otros recipientes, así como las dosificadoras de tolva
8423.8100 Con capacidad Sólo las de funciones inferior o igual múltiples o usos a 30 kg especiales
8423.8200 Con capacidad Sólo las de superior a 30 kg funciones múltiples pero inferior o usos o igual a 5.000 kg especiales
8423.8900 Los demás Sólo las de funciones múltiples o usos especiales
8424.1000 Extintores, incluso cargados
8424.3000 Máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares
8424.8110 Sistemas de riego
8424.8190 Los demás
8424.8900 Los demás
8425.1100 Con motor eléctrico
8425.1900 Los demás Excepto los manuales
8425.2000 Tornos para el ascenso y descenso de jaulas Excepto los manuales o montacargas en pozos de minas; tornos especialmente concebidos para el interior de minas
8425.3100 Con motor eléctrico
8425.3990 Los demás Excepto los manuales
8425.4200 Los demás gatos hidráulicos Excepto de uso automotriz mecánico e hidráulico
8425.4900 Los demás Excepto de uso automotriz mecánico e hidráulico
8426.1100 Puentes (incluidas las vigas) rodantes, sobre soporte fijo
8426.1200 Pórticos móviles sobre neumáticos y carretillas puente
8426.1900 Los demás
8426.2000 Grúas de torre
8426.3000 Grúas de pórtico
8426.4100 Sobre neumáticos
8426.4900 Los demás
8426.9100 Concebidos para montarlos sobre vehículos de carretera
8426.9900 Los demás
8427.1011 Con capacidad de levante inferior o igual a 2.000 kilos
8427.1012 Con capacidad de levante superior a 2.000 kilos
8427.1090 Las demás
8427.2011 Con motor a gas, con capacidad de levante inferior o igual a 2.000 kilos
8427.2012 Con motor a gas, con capacidad de levante superior a 2.000 kilos
8427.2013 Con motor a gasolina, con capacidad de levante inferior o igual a 2.000 kilos
8427.2014 Con motor a gasolina, con capacidad de levante superior a 2.000 kilos
8427.2015 Con motor diesel, con capacidad de levante inferior o igual a 2.000 kilos
8427.2016 Con motor diesel, con capacidad de levante superior a 2.000 kilos
8427.2090 Las demás
8428.1010 Ascensores sin cabina ni contrapeso
8428.1091 Ascensores con cabina y contrapeso
8428.1092 Montacargas
8428.1099 Los demás
8428.2000 Aparatos elevadores o transportadores, neumáticos
8428.3100 Especialmente concebidos para el interior de minas u otros trabajos subterráneos
8428.3200 Los demás, de cangilones
8428.3310 Para minería
8428.3390 Los demás
8428.3900 Los demás
8428.4010 Escaleras mecánicas
8428.4020 Pasillos móviles
8428.5000 Empujadores de vagonetas de minas, carros transbordadores, basculadores y volteadores, de vagones, de vagonetas, etc. e instalaciones similares para la manipulación de material móvil sobre carriles (rieles)
8428.6000 Teleféricos (incluidos las telesillas y los telesquís); mecanismos de tracción para funiculares
8428.9000 Las demás máquinas y aparatos
8429.1110 Topadoras frontales (''bulldozers'')
8429.1190 Las demás
8429.1910 De ruedas
8429.1990 Las demás
8429.2010 Motoniveladoras
8429.2090 Las demás
8429.3000 Traíllas (''scrapers'')
8429.4010 Rodillos compactadores
8429.4090 Las demás
8429.5110 Cargadores frontales
8429.5190 Los demás
8429.5210 Excavadoras
8429.5290 Las demás
8429.5910 Palas mecánicas
8429.5920 Excavadoras de cangilones suspendidos (dragalinas)
8429.5930 Excavadoras continuas de cuchara, garras o cangilones excavadores
8429.5990 Las demás
8430.1000 Martinetes y máquinas de arrancar pilotes, estacas o similares
8430.2000 Quitanieves
8430.3100 Autopropulsadas
8430.3900 Las demás
8430.4110 De orugas
8430.4190 Los demás
8430.4910 Estacionarias
8430.4990 Las demás
8430.5000 Las demás máquinas y aparatos, autopropulsados
8430.6100 Máquinas y aparatos de compactar o apisonar (aplanar)
8430.6900 Los demás
8432.1000 Arados Excepto a tracción animal
8432.2100 Gradas (rastras) de discos Excepto a tracción animal
8432.2900 Los demás Excepto a tracción animal
8432.3000 Sembradoras, plantadoras y trasplantadoras
8432.4000 Esparcidores de estiércol y distribuidores de abonos
8432.8000 Las demás máquinas, aparatos y artefactos
8433.2000 Guadañadoras, incluidas las barras de corte para montar sobre un tractor
8433.3000 Las demás máquinas y aparatos de henificar
8433.4000 Prensas para paja o forraje, incluidas las prensas recogedoras
8433.5100 Cosechadoras -trilladoras
8433.5200 Las demás máquinas y aparatos de trillar
8433.5300 Máquinas de cosechar raíces o tubérculos
8433.5910 Máquinas sacudidoras y vibradoras de árboles
8433.5920 Máquinas para la recolección de oleaginosas
8433.5930 Máquinas para vendimiar
8433.5990 Los demás
8433.6010 Máquinas para limpieza o clasificación de frutas
8433.6090 Las demás
8434.1000 Máquinas de ordeñar
8434.2000 Máquinas y aparatos para la industria lechera
8435.1010 Empleados en la vinicultura
8435.1090 Los demás
8436.1000 Máquinas y aparatos de preparar alimentos o piensos para animales
8436.2100 Incubadoras y criadoras
8436.2900 Los demás
8436.8000 Las demás máquinas y aparatos
8437.1000 Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas
8437.8000 Las demás máquinas y aparatos
8438.1010 Para panadería, pastelería, galletería
8438.1020 Para la fabricación de pastas alimenticias
8438.2000 Máquinas y aparatos para confitería, elaboración de cacao o la fabricación de chocolate
8438.3000 Máquinas y aparatos para la industria azucarera
8438.4000 Máquinas y aparatos para la industria cervecera
8438.5000 Máquinas y aparatos para la preparación de carne
8438.6000 Máquinas y aparatos para la preparación de frutos u hortalizas (incluso ''silvestres'')
8438.8010 Para la preparación de pescados, crustáceos y moluscos
8438.8090 Las demás
8439.1000 Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas
8439.2000 Máquinas y aparatos para la fabricación de papel o cartón
8439.3000 Máquinas y aparatos para el acabado de papel o cartón
8440.1000 Máquinas y aparatos
8441.1010 Cortadoras-bobinadoras
8441.1020 Guillotinas de una sola hoja
8441.1090 Las demás
8441.2000 Máquinas para la fabricación de sacos (bolsas), bolsitas o sobres
8441.3000 Máquinas para la fabricación de cajas, tubos, tambores o continentes similares, excepto por moldeado
8441.4000 Máquinas de moldear artículos de pasta de papel, de papel o cartón
8441.8000 Las demás máquinas y aparatos
8442.1000 Máquinas de componer por procedimiento fotográfico
8442.2000 Máquinas, aparatos y material de componer caracteres por otros procedimientos, incluso con dispositivos para fundir
8442.3000 Las demás máquinas, aparatos y material
8443.1100 Alimentados con Excepto las bobinas de oficina
8443.1910 Alimentados con Excepto las hojas de formato de oficina superior a 22 cm x 36 cm, pero inferior o igual a 52 cm x 74 cm
8443.1990 Los demás Excepto las de oficina
8443.2100 Alimentados con Excepto las bobinas de oficina
8443.2900 Los demás Excepto las de oficina
8443.3000 Máquinas y aparatos Excepto las de imprimir, de oficina flexográficos
8443.4000 Máquinas y aparatos Excepto las de imprimir, de oficina heliográficos (huecograbado)
8443.5100 Máquinas de imprimir Excepto las por chorro de tinta de oficina
8443.5900 Los demás Excepto las de oficina
8443.6000 Máquinas auxiliares
8444.0000 Máquinas de extrudir, estirar, texturar o cortar materia textil sintética o artificial
8445.1100 Cardas
8445.1200 Peinadoras
8445.1300 Mecheras
8445.1900 Las demás
8445.2000 Máquinas de hilar materia textil
8445.3000 Máquinas de doblar o retorcer materia textil
8445.4000 Máquinas de bobinar (incluidas las canilleras) o devanar materia textil
8445.9000 Los demás
8446.1000 Para tejidos de anchura inferior o igual a 30 cm
8446.2100 De motor
8446.2900 Los demás
8446.3000 Para tejidos de anchura superior a 30 cm, sin lanzadera
8447.1100 Con cilindro de diámetro inferior o igual a 165 mm
8447.1200 Con cilindro de diámetro superior a 165 mm
8447.2090 Las demás
8447.9000 Las demás
8448.1100 Maquinitas para lizos y mecanismos Jacquard; reductoras, perforadoras y copiadoras de cartones; máquinas para unir cartones después de perforados
8448.1900 Los demás
8449.0000 Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas de sombrerería
8450.2000 Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, superior a 10 kg
8451.1000 Máquinas para limpieza en seco
8451.2900 Las demás
8451.3000 Máquinas y prensas Uso industrial de planchar, incluidas las prensas para fijar
8451.4010 Para lavar
8451.4020 Para blanquear o teñir
8451.5000 Máquinas de enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas
8451.8010 Para el apresto y el acabado
8451.8090 Las demás
8452.2100 Unidades automáticas Incluidas las cabezas cuando se presenten aisladamente
8452.2900 Las demás Incluidas las cabezas cuando se presenten aisladamente
8452.4000 Muebles, basamentos Sólo para máquinas y tapas o cubiertas de coser industriales para máquinas de coser, y sus partes
8453.1000 Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel
8453.2000 Máquinas y aparatos para la fabricación o reparación de calzado
8453.8000 Las demás máquinas y aparatos
8454.1000 Convertidores
8454.2000 Lingoteras y cucharas de colada
8454.3010 Máquinas de moldear a presión
8454.3090 Las demás
8455.1000 Laminadores de tubos
8455.2100 Para laminar en caliente o combinados de laminar en caliente y en frío
8455.2200 De laminar en frío
8456.1000 Que operen mediante láser u otros haces de luz o de fotones
8456.2000 Que operen por ultrasonido
8456.3000 Que operen por electroerosión
8456.9100 De grabar en seco esquemas (trazas) sobre material semiconductor
8456.9900 Las demás
8457.1000 Centros de mecanizado
8457.2000 Máquinas de puesto fijo
8457.3000 Máquinas de puestos múltiples
8458.1110 Paralelos universales
8458.1190 Los demás
8458.1910 Paralelos universales
8458.1990 Los demás
8458.9100 De control numérico
8458.9900 Los demás
8459.1000 Unidades de mecanizado de correderas
8459.2100 De control numérico
8459.2900 Las demás
8459.3100 De control numérico
8459.3900 Las demás
8459.4000 Las demás escariadoras
8459.5100 De control numérico
8459.5900 Las demás
8459.6100 De control numérico
8459.6900 Las demás
8459.7010 De control numérico
8459.7090 Las demás
8460.1100 De control numérico
8460.1900 Las demás
8460.2100 De control numérico
8460.2900 Las demás
8460.3100 De control numérico
8460.3900 Las demás
8460.4010 De control numérico
8460.4090 Las demás
8460.9011 De control numérico
8460.9019 Las demás
8460.9091 De control numérico
8460.9099 Las demás
8461.2010 De control numérico
8461.2090 Las demás
8461.3010 De control numérico
8461.3090 Las demás
8461.4000 Máquinas de tallar o acabar engranajes
8461.5010 De control numérico
8461.5090 Las demás
8461.9010 De control numérico
8461.9090 Las demás
8462.1010 Prensas
8462.1090 Las demás
8462.2110 Prensas
8462.2120 Plegadoras
8462.2190 Las demás
8462.2910 Prensas
8462.2920 Plegadoras
8462.2990 Las demás
8462.3110 Prensas
8462.3120 Guillotinas
8462.3190 Las demás
8462.3910 Prensas
8462.3920 Guillotinas
8462.3990 Las demás
8462.4100 De control numérico
8462.4900 Las demás
8462.9110 De control numérico
8462.9190 Las demás
8462.9910 De control numérico
8462.9990 Las demás
8463.1000 Bancos de estirar barras, tubos, perfiles, alambres o similares
8463.2000 Máquinas laminadoras de hacer roscas
8463.3000 Máquinas de trabajar alambre
8463.9010 Máquinas para la fabricación de envases
8463.9090 Las demás
8464.1000 Máquinas de aserrar
8464.2000 Máquinas de amolar o pulir
8464.9000 Las demás
8465.1000 Máquinas que efectúen distintas operaciones de mecanizado sin cambio de útil entre dichas operaciones
8465.9110 Sierras de cinta
8465.9120 Sierras circulares
8465.9190 Las demás
8465.9200 Máquinas de cepillar; máquinas de fresar o moldurar
8465.9300 Máquinas de amolar, lijar o pulir
8465.9400 Máquinas de curvar o ensamblar
8465.9500 Máquinas de taladrar o mortajar
8465.9600 Máquinas de hendir, rebanar o desenrollar
8465.9910 Tornos
8465.9990 Las demás
8466.1000 Portaútiles y Excepto piezas sueltas dispositivos de roscar de apertura automática
8466.2000 Portapiezas Excepto piezas sueltas
8466.3000 Divisores y demás Excepto piezas sueltas dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta
8466.9100 Para máquinas de la partida 84.64 Excepto piezas sueltas
8466.9200 Para máquinas de la partida 84.65 Excepto piezas sueltas
8466.9310 Cama, base, mesa, cabezal, contrapunto, Excepto piezas sueltas arnés, cunas, carros deslizantes, columna, brazo, brazo de sierra, cabezal de rueda, ''carnero'', armazón montante, lunetas, husillo, bastidor, obtenidos por fundición, soldadura o forjado
8466.9390 Los demás Excepto piezas sueltas
8466.9410 Cama, base, mesa, Excepto piezas sueltas columna, cuna, armazón, corona, carro deslizante, flecha, bastidor, obtenidos por fundición, soldadura o forjado
8466.9490 Los demás Excepto piezas sueltas
8467.1110 Taladradoras, perforadoras y similares
8467.1190 Las demás
8467.1900 Las demás
8467.8100 Sierras o tronzadoras, de cadena
8467.8900 Las demás
8468.1000 Sopletes manuales
8468.2000 Las demás máquinas y aparatos de gas
8468.8000 Las demás máquinas y aparatos
8470.4000 Máquinas de contabilidad Solamente sistemas de registro y facturación de tráfico telefónico
8471.1000 Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, analógicas o hibrídas
8471.3000 Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituida, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador
8471.4110 Que puedan recibir y tratar señales de televisión, telecomunicación, audio y video
8471.4190 Las demás
8471.4910 Que puedan recibir y tratar señales de televisión, telecomunicación, audio y video
8471.4990 Las demás
8471.5000 Unidades de proceso digitales, excepto las de las subpartidas 8471.41 y 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unidades: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida
8471.6010 Unidades combinadas de entrada o de salida
8471.6021 Impresoras láser, de producción superior a 20 páginas por minuto
8471.6022 Las demás impresoras láser
8471.6023 Impresoras electrónicas, del tipo de barra luminosa
8471.6024 Impresoras por inyección (chorro) de tinta
8471.6025 Impresoras por transferencia térmica
8471.6026 Impresoras ionográficas
8471.6029 Las demás
8471.6031 Unidades de representación visual con tubos de rayos catódicos en color
8471.6032 Unidades de representación visual de cristal líquido en color (LCD)
8471.6039 Las demás
8471.6040 Teclados
8471.6090 Las demás
8471.7010 Unidades de memoria de disco
8471.7020 Unidades de memoria de cinta
8471.7090 Las demás
8471.8010 Unidades de control o adaptadores
8471.8020 Las demás unidades de adaptación para su incorporación física en máquinas automáticas para el tratamiento de la información o unidades de las mismas
8471.8090 Las demás
8471.9010 Lectores magnéticos
8471.9020 Lectores ópticos
8471.9090 Los demás
8472.9010 Distribuidores Solamente cajeros automáticos de automáticos billetes de banco y demás dispositivos para tratar monedas o billetes
8474.1010 Clasificadoras de rodillos acanalados
8474.1020 Cribas y clasificadores de rastrillos
8474.1030 Separadores de flotación
8474.1090 Los demás
8474.2000 Máquinas y aparatos de quebrantar, triturar o pulverizar
8474.3100 Hormigoneras y aparatos de amasar mortero
8474.3200 Máquinas de mezclar materia mineral con asfalto
8474.3900 Los demás
8474.8000 Las demás máquinas y aparatos
8475.1000 Máquinas de montar lámparas, tubos o válvulas eléctricos o electrónicos o lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio
8475.2100 Máquinas de fabricar fibras ópticas y sus esbozos
8475.2900 Las demás
8476.2100 Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado
8476.2900 Las demás
8476.8100 Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado
8476.8900 Las demás Excepto las máquinas para cambiar moneda
8477.1000 Máquinas de moldear por inyección
8477.2000 Extrusoras
8477.3000 Máquinas de moldear por soplado
8477.4000 Máquinas de moldear en vacío y demás máquinas para termoformado
8477.5100 De moldear o recauchutar neumáticos (llantas neumáticas) o moldear o formar cámaras para neumáticos
8477.5900 Los demás
8477.8000 Las demás máquinas y aparatos
8478.1000 Máquinas y aparatos
8479.1000 Máquinas y aparatos para obras públicas, la construcción o trabajos análogos
8479.2000 Máquinas y aparatos para extracción o preparación de grasas o aceites vegetales fijos o animales
8479.3010 Prensas
8479.3020 Descortezadoras de troncos
8479.3090 Las demás
8479.4000 Máquinas de cordelería o cablería
8479.5000 Robotes industriales, no expresados ni comprendidos en otra parte
8479.6000 Aparatos de evaporación para refrigerar el aire
8479.8100 De trabajar metal, incluidas las bobinadoras de hilos eléctricos
8479.8200 De mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar
8479.8910 Para la industria química y farmacéutica
8479.8920 Para la industria del jabón
8479.8930 Compactadores de basura
8479.8990 Las demás
8480.1000 Cajas de fundición
8480.2000 Placas de fondo para moldes
8480.4100 Para el moldeo por inyección o compresión
8480.4900 Los demás
8480.5000 Moldes para vidrio
8480.6000 Moldes para materia mineral
8480.7100 Para moldeo por inyección o compresión
8480.7900 Los demás
8481.1000 Válvulas reductoras Solamente con cuerpo de presión de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.2010 Válvulas para Solamente con cuerpo transmisiones de acero, de oleohidráulicas alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.2020 Válvulas para Solamente con transmisiones cuerpo de acero, de neumáticas alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.3010 Para uso automotriz Solamente con cuerpo de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.3090 Las demás Solamente con cuerpo de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.4000 Válvulas de alivio o seguridad Solamente con cuerpo de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.8091 Para uso automotriz Solamente con cuerpo de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico
8481.8099 Los demás Solamente válvulas con cuerpo de acero, de alta resistencia y alta presión de servicio superior a 200 libras por pulgada cuadrada y de diámetro de 5 o más pulgadas, con servomecanismo y sistema de control y comando eléctrico.
8483.4021 Variadores de velocidad
8483.4022 Reductores
8483.4029 Los demás
8501.2000 Motores universales Excepto de menos de potencia superior de 3 HP a 37,5 W
8501.3100 De potencia inferior o igual a 750 W
8501.3210 De potencia superior a 750 W pero inferior o igual a 7,5 kW
8501.3220 De potencia superior a 7,5 kW pero inferior o igual a 37 kW
8501.3290 Los demás
8501.3300 De potencia superior a 75 kW pero inferior o igual a 375 kW
8501.3400 De potencia superior a 375 kW
8501.4000 Los demás motores de Excepto de menos corriente alterna, de 3 Hp monofásicos
8501.5210 De potencia superior Excepto de menos a 750 W pero inferior de 3 Hp o igual a 7,5 kW
8501.5220 De potencia superior Excepto de menos a 7,5 kW pero de 3 Hp inferior o igual a 37 kW
8501.5290 Los demás Excepto de menos de 3 Hp
8501.5310 Motores de tracción
8501.5391 De potencia superior a 75 kW pero inferior o igual a 150 kW
8501.5392 De potencia superior a 150 kW pero inferior o igual a 375 kW
8501.5393 De potencia superior a 375 kW pero inferior o igual a 750 kW
8501.5399 Los demás
8501.6100 De potencia inferior o igual a 75 kVA
8501.6200 De potencia superior a 75 kVA pero inferior o igual a 375 kVA
8501.6300 De potencia superior a 375 kVA pero inferior o igual a 750 kVA
8501.6410 De potencia superior a 750 kVA pero inferior o igual a 1.500 kVA
8501.6420 De potencia superior a 1.500 kVA pero inferior o igual a 7.500 kVA
8501.6430 De potencia superior a 7.500 kVA pero inferior o igual a 37.500 kVA
8501.6440 De potencia superior a 37.500 kVA pero inferior o igual a 122.500 kVA
8501.6490 Los demás
8502.1110 De potencia inferior o igual a 15 kVA Excepto de menos de 3 Hp
8502.1120 De potencia superior Excepto de menos a 15 kVA pero de 3 Hp inferior o igual a 37,5 kVA
8502.1190 Los demás Excepto de menos de 3 Hp
8502.1210 De potencia superior a 75 kVA pero inferior o igual a 150 kVA
8502.1220 De potencia superior a 150 kVA pero inferior o igual a 225 kVA
8502.1290 Los demás
8502.1310 De potencia superior a 375 kVA pero inferior o igual a 750 kVA
8502.1320 De potencia superior a 750 kVA pero inferior o igual a 1.500 kVA
8502.1390 Los demás
8502.2000 Grupos electrógenos Excepto de menos con motor de émbolo de 3 Hp (pistón) de encendido por chispa (motor de explosión)
8502.3100 De energía eólica Excepto de menos de 3 Hp
8502.3910 Accionados por Excepto de menos turbinas de gas de 3 Hp
8502.3920 Accionados por Excepto de menos turbinas hidráulicas de 3 Hp
8502.3930 Accionados por Excepto de menos turbinas de vapor de 3 Hp
8502.3990 Los demás Excepto de menos de 3 Hp
8502.4000 Convertidores Superiores a rotativos eléctricos 2.2 kw c.c.
8504.2110 De potencia inferior o igual a 15 kVA Superiores a 10 kVA
8504.2120 De potencia superior a 15 kva pero inferior o igual a 75 kVA
8504.2130 De potencia superior a 75 kVA pero inferior o igual a 150 kVA
8504.2140 De potencia superior a 150 kVA pero inferior o igual a 300 kVA
8504.2190 Los demás
8504.2210 De potencia superior a 650 kVA pero inferior o igual a 1.500 kVA
8504.2220 De potencia superior a 1.500 kVA pero inferior o igual a 3.700 kVA
8504.2230 De potencia superior a 3.700 kVA pero inferior o igual a 7.500 kVA
8504.2290 Los demás
8504.2310 De potencia superior a 10.000 kVA pero inferior o igual a 37.500 kVA
8504.2320 De potencia superior a 37.500 kVA pero inferior o igual a 75.000 kVA
8504.2330 De potencia superior a 75.000 kVA pero inferior o igual a 150.000 kVA
8504.2390 Los demás
8504.3100 De potencia inferior Sólo transformadores o igual a 1 kVA (Transformadores de corriente y/o potencial)
8504.3200 De potencia superior Superiores a 10 kVA a 1 kVA pero inferior o igual a 16 kVA
8504.3300 De potencia superior a 16 kVA pero inferior o igual a 500 kVA
8504.3400 De potencia superior a 500 kVA
8504.4010 Fuentes de poder Superiores a 2.2 Kw para las máquinas c.c. automáticas de procesamiento de datos de la partida 84.71
8504.4020 Controladores de Superiores a 2.2 velocidad para Kw. c.c. motores eléctricos
8504.4030 Fuentes de Superiores a 2.2 alimentación Kw. c.c. estabilizada
8504.4040 Cargadores de Superiores a 2.2 acumuladores Kw. c.c.
8504.4050 Unidades de Superiores a 2.2 Kw. alimentación c.c. eléctrica utilizadas con los instrumentos para cirugía, odontología, veterinaria o para diagnóstico
8504.4090 Los demás Superiores a 2.2 Kw. c.c.
8504.5000 Las demás bobinas de reactancia (autoinducción)
8505.1100 De metal
8505.1900 Los demás
8505.2000 Acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos
8505.3000 Cabezas elevadoras electromagnéticas
8505.9010 Electroimanes
8505.9090 Los demás Excepto partes
8507.1010 Que funcionen con Excepto los de electrólito líquido capacidad inferior a 225 amperes hora y/o hasta 12 voltios
8507.1090 Los demás Excepto los de capacidad inferior a 225 amperes hora y/o hasta 12 voltios
8507.2000 Los demás Excepto los de acumuladores de capacidad inferior plomo a 225 amperes hora y/o hasta 12 voltios
8507.3010 Que hayan de utilizarse en lámparas de seguridad para mineros
8507.3020 Del tipo utilizado con los aparatos de telecomunicación, con máquinas automáticas para el tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades
8507.3030 Del tipo utilizado como fuente principal de alimentación eléctrica de los vehículos con motor eléctrico de la subpartida 8703.90
8507.3090 Los demás
8507.4000 De níquel-hierro
8507.8000 Los demás acumuladores
8514.1000 Hornos de resistencia (de calentamiento indirecto)
8514.2000 Hornos que funcionen por inducción o pérdidas dieléctricas
8514.3000 Los demás hornos
8514.4000 Los demás aparatos para tratamiento térmico de materias por inducción o pérdidas dieléctricas
8515.1100 Soldadores y pistolas de soldar
8515.1900 Los demás
8515.2100 Total o parcialmente automáticos
8515.2900 Los demás
8515.3100 Total o parcialmente automáticos
8515.3910 Manuales, con electrodos recubiertos, constituidos por los dispositivos de soldadura y un transformador
8515.3920 Manuales, con electrodos recubiertos, constituidos por los dispositivos de soldadura y un generador o un convertidor rotativo o un convertidor estático
8515.3990 Los demás
8515.8000 Las demás máquinas y aparatos
8517.2100 Telefax
8517.2200 Teletipos
8517.3010 Centrales de Sólo de 3 o conmutación más troncales automática
8517.3090 Los demás Excepto centralitas de mano
8517.5010 Modems, de los tipos utilizados en las máquinas procesadoras de datos de la partida 84.71
8517.5020 Los demás aparatos telefónicos por corriente portadora
8517.5090 Los demás
8517.8010 Aparatos telefónicos
8517.8020 Los demás aparatos para telegrafía
8517.8090 Los demás
8519.9910 Los demás lectores Solamente los que de discos compactos constituyan componentes del sistema de cine IMAX
8519.9990 Los demás Solamente los que constituyan componentes del sistema de cine IMAX
8521.1010 En color, del tipo Excepto de uso de cartucho o de doméstico casete que no permitan la grabación
8521.1020 Los demás en color, Excepto de uso del tipo de cartucho doméstico o de casete
8521.1090 Los demás Excepto de uso doméstico
8521.9000 Los demás Excepto de uso doméstico
8525.1011 Para radiotelefonía Sólo aquellos cuya potencia de salida en antena sea superior a 5 Watt, excepto los de sistema a microondas que pueden ser de 5 o menos Watts
8525.1019 Los demás Sólo aquellos cuya potencia de salida en antena sea superior a 5 Watt, excepto los de sistema a microondas que pueden ser de 5 o menos Watts
8525.1021 Para radiodifusión
8525.1029 Los demás
8525.2010 Para radiodifusión y televisión
8525.2020 Radioreceptores Sólo aquellos cuya (transceptores) UHF potencia de y VHF salida en antena sea superior a 5 Watts, excepto los de sistema a microondas que pueden ser de 5 o menos Watts
8525.2090 Los demás Sólo aquellos cuya potencia de salida en antena sea superior a 5 Watts, excepto los de sistema a microondas que pueden ser de 5 o menos Watts
8525.3011 Giroestabilizadas Solo para uso en en color monitoreo interior de hogar de caldera de poder
8525.3012 Giroestabilizadas en Sólo para uso en blanco y negro u monitoreo interior otras de monocromas de hogar de caldera de poder
8525.3090 Las demás Sólo para uso en monitoreo interior de de hogar de caldera de poder
8526.1000 Aparatos de radar
8526.9100 Aparatos de radionavegación
8526.9200 Aparatos de radiotelemando
8527.9020 Aparatos de facsímil
8527.9090 Los demás
8528.1210 Con pantalla inferior Excepto los de uso o igual a 35,56 cm doméstico (14"), excepto los de alta definición y los de proyección
8528.1220 Con pantalla superior Excepto los de uso a 35,56 cm (14"), doméstico excepto los de alta definición y los de proyección
8528.1230 De proyección por Excepto los de uso tubos de rayos doméstico catódicos, excepto los de alta definición
8528.1240 De alta definición Excepto los de uso por tubos de rayos doméstico catódicos, excepto los de proyección
8528.1250 De alta definición, Excepto los de uso de proyección por doméstico tubos de rayos catódicos
8528.1260 Con pantalla plana Excepto los de uso doméstico
8528.1270 Incompletos o sin Excepto los de uso terminar (incluidos doméstico los ensambles para receptores de televisión compuestos de todas las partes especificadas en la nota 4 del Capítulo 85 más una fuente de poder), sin incorporar tubo de rayos catódicos, pantalla plana o pantalla similar
8528.1290 Los demás Excepto los de uso doméstico
8528.1300 En blanco y negro o Excepto los de uso demás monocromos doméstico
8528.2110 Con pantalla inferior Excepto los de uso o igual a 35,56 doméstico cm (14"), excepto los de alta definición y los de proyección
8528.2120 Con pantalla superior Excepto los de uso a 35,56 cm (14"), doméstico excepto los de alta definición y los de proyección
8528.2130 De proyección por Excepto los de uso tubos de rayos doméstico catódicos, excepto los de alta definición
8528.2140 De alta definición, Excepto los de uso por tubos de rayos doméstico catódicos, excepto los de proyección
8528.2150 De alta definición, Excepto los de uso de proyección por doméstico tubos de rayos catódicos
8528.2160 Con pantalla plana Excepto los de uso doméstico
8528.2170 Incompletos o sin Excepto los de uso terminar, sin doméstico incorporar tubo de rayos catódicos, pantalla plana o pantalla similar
8528.2190 Los demás Excepto los de uso doméstico
8528.2200 En blanco y negro o demás monocromos Excepto los de uso domésticos
8528.3010 Videoproyectores de Excepto los de uso alta definición, con domésticos tubos de rayos catódicos
8528.3020 Videoproyectores que Excepto los de uso no sean de alta domésticos definición, con tubo de rayos catódicos
8528.3030 Con pantalla plana Excepto los de uso domésticos
8528.3040 Incompletos o sin Excepto los de uso terminar, sin domésticos incorporar tubo de rayos catódicos, pantalla plana o pantalla similar
8528.3090 Los demás Excepto los de uso domésticos
8530.1000 Aparatos para vías férreas o similares
8530.8000 Los demás aparatos
8532.1000 Condensadores fijos concebidos para redes eléctricas de 50/60 Hz, para una potencia reactiva superior o igual a 0,5 kvar (condensadores de potencia)
8532.2100 De tantalio
8532.2200 Electrolíticos de aluminio
8532.2300 Con dieléctrico de cerámica de una sola capa
8532.2400 Con dieléctrico de cerámica, multicapas
8532.2500 Con dieléctrico de papel o plástico
8532.2900 Los demás
8532.3000 Condensadores variables o ajustables
8535.3021 Interruptores para una tensión inferior a 72,5 kV
8535.3029 Los demás
8535.4000 Pararrayos, Sólo pararrayos para limitadores de centrales y tensión y supresores subestaciones de sobretensión eléctricas transitoria
8535.9010 Aparatos de empalme y conexión
8535.9090 Los demás Sólo relés
8537.1040 Aparatos de mando Sólo en circuitos con memoria de fuerza programable
8537.1090 Los demás Sólo en circuitos de fuerza
8537.2010 Para una tensión Sólo en circuitos superior a 1.000 V de fuerza pero inferior o igual a 72,5 kV
8537.2090 Los demás Sólo en circuitos de fuerza
8543.1100 Aparatos de implantación iónica para dopar material semiconductor
8543.1910 Nucleares
8543.1990 Los demás
8543.2000 Generadores de señales
8543.3010 Aparatos para atacar con ácido, revelar, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductores
8543.3020 Aparatos para ataque químico por vía húmeda, revelado, decapado o limpieza de substratos de los visualizadores de cristal líquido
8543.3090 Los demás
8543.4000 Electrificadores de cercas
8543.8100 Tarjetas y etiquetas de activación por proximidad
8543.8910 Amplificadores de microondas
8543.8990 Los demás
8601.1000 De fuente externa de electricidad
8601.2000 De acumuladores eléctricos
8602.1000 Locomotoras diesel-eléctricas
8602.9000 Los demás
8603.1010 Automotores
8603.1090 Los demás
8603.9000 Los demás
8604.0000 Vehículos para mantenimiento o servicio de vías férreas o similares, incluso autopropulsados (por ejemplo: vagones taller, vagones grúa, vagones equipados para apisonar balasto, alinear vías, coches para ensayos y vagonetas de inspección de vías)
8605.0000 Coches de viajeros, furgones de equipajes, coches correo y demás coches especiales, para vías férreas o similares (excepto los coches de la partida 86.04)
8606.1000 Vagones cisterna y similares
8606.2000 Vagones isotérmicos, refrigerantes o frigoríficos, excepto los de la subpartida 8606.10
8606.3000 Vagones de descarga automática, excepto los de las subpartidas 8606.10 u 8606.20
8606.9100 Cubiertos y cerrados
8606.9200 Abiertos, con pared fija de altura superior a 60 cm
8606.9910 De plataforma baja
8606.9990 Los demás
8608.0000 Material fijo de Excepto partes vías férreas o similares; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización, seguridad, control o mando para vías férreas o similares, carreteras o vías fluviales, áreas o parques de estacionamientos, instalaciones portuarias o aeropuertos; sus partes
8609.0000 Contenedores (incluidos los contenedores cisterna y los contenedores depósito) especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte
8701.3000 Tractores de orugas
8701.9011 Agrícolas
8701.9012 Forestales
8701.9019 Los demás
8703.2130 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.2230 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.2330 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.2430 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.3130 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.3230 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.3330 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8703.9030 Coches ambulancia, celulares y mortuorios Sólo ambulancias
8704.1010 Con capacidad de Sólo con carga útil inferior capacidad de o igual a 30 t carga útil superior a 2,5 toneladas
8704.1090 Los demás
8704.2140 Vehículos para el Sólo con capacidad transporte fuera de carga útil de carretera superior a 2,5 toneladas
8704.2240 Vehículos para el Sólo con capacidad transporte fuera de carga útil de carretera superior a 2,5 toneladas
8704.2321 Camiones para minería
8704.2329 Los demás
8704.3140 Vehículos para el Sólo con capacidad transporte fuera de carga útil de carretera superior a 2,5 toneladas
8704.3240 Vehículos para el Sólo con capacidad transporte fuera de de carga útil carretera superior a 2,5 toneladas
8704.9040 Vehículos para el Sólo con capacidad transporte fuera de de carga útil carretera superior a 2,5 toneladas
8705.1090 Los demás Sólo con capacidad de levante superior a 2,5 toneladas y no manual
8705.2010 Con capacidad de perforar inferior o igual a 100 metros
8705.2090 Los demás
8705.4010 Con capacidad máxima inferior o igual a 6 m3 de hormigón
8705.4090 Los demás
8705.9010 Camiones limpiafosas
8705.9090 Los demás
8709.1100 Eléctricas
8709.1900 Las demás
8801.9000 Los demás Sólo aeróstatos
8805.2100 Simuladores de Solamente los combate aéreo y accionados sus partes electrónicamente. Las condiciones de vuelo se simulan con aparatos electrónicos. Estos calculan y reproducen en los mandos e instrumentos de a bordo de la cabina, las indicaciones que resultan de las maniobras del piloto para unas condiciones dadas de vuelo
8805.2900 Los demás Solamente los accionados electrónicamente. Las condiciones de vuelo se simulan con aparatos electrónicos. Estos calculan y reproducen en los mandos e instrumentos de a bordo de la cabina, las indicaciones que resultan de las maniobras del piloto para unas condiciones dadas de vuelo
8901.1010 De tonelaje bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de eslora
8901.1090 Los demás
8901.2011 Para productos químicos
8901.2019 Los demás
8901.2090 Los demás
8901.3010 De tonelaje bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de eslora
8901.3090 Los demás
8901.9011 Barcos portacontenedores
8901.9012 Barcos graneleros
8901.9019 Los demás
8901.9091 Barcos portacontenedores
8901.9092 Barcos graneleros
8901.9099 Los demás
8902.0011 Con capacidad de bodega inferior o igual a 500 t
8902.0012 Con capacidad de bodega superior a 500 t pero inferior o igual a 1.000 t
8902.0019 Los demás
8902.0091 Barcos factoría, de tonelaje bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de eslora
8902.0092 Los demás barcos, de tonelaje bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de eslora
8902.0099 Los demás
8904.0010 Remolcadores de alta mar
8904.0090 Los demás
8905.1000 Dragas
8905.2000 Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles
8905.9000 Los demás
8906.9010 De tonelaje bruto superior a 3.500 toneladas y/o 120 metros o más de eslora
8906.9090 Los demás
8907.1000 Balsas inflables
8907.9000 Los demás
9005.8000 Los demás instrumentos
9006.1000 Cámaras fotográficas de los tipos utilizados para preparar clisés o cilindros de imprenta
9006.2000 Cámaras fotográficas de los tipos utilizados para registrar documentos en microfilmes, microfichas u otros microformatos
9006.3000 Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea, examen médico de órganos internos o para laboratorios de medicina legal o identificación judicial
9006.4000 Cámaras fotográficas de autorrevelado Sólo para usos industriales o de construcción especial para usos profesionales
9006.5100 Con visor de Sólo para usos reflexión a través industriales o de del objetivo, construcción para películas en especial para rollo de anchura usos profesionales inferior o igual a 35 mm
9006.5200 Las demás, para Sólo para usos películas en rollo industriales o de de anchura inferior construcción especial a 35 mm para usos profesionales
9006.5310 Aparatos fotográficos desechables Sólo para usos industriales o de construcción especial para usos profesionales
9006.5390 Las demás Sólo para usos industriales o de construcción especial para usos profesionales
9006.5900 Las demás Sólo para usos industriales o de construcción especial para usos profesionales
9007.1910 Cámaras giroestabilizadas Excepto para películas de hasta 20 mm., inclusive
9007.1990 Las demás Excepto para películas de hasta 20 mm., inclusive
9007.2000 Proyectores Solamente los que constituyan componentes del sistema de cine IMAX. Para filmes de anchura igual o superior a 16mm
9008.4000 Ampliadoras o Sólo las que pesen reductoras, por unidad más fotográficas de 100 Kn
9009.1100 Por procedimiento directo (reproducción directa del original)
9009.1200 Por procedimiento indirecto (reproducción del original mediante soporte intermedio)
9009.2100 Por sistema óptico
9009.2200 De contacto
9009.3000 Aparatos de termocopia
9010.1000 Aparatos y material Sólo las que pesen para revelado por unidad más automático de de 100 Kn películas fotográfica, películas cinematográfica (filme) o papel fotográfico en rollo o para impresión automática de películas reveladas en rollos de papel fotográfico
9010.4100 Aparatos para trazado Sólo las que pesen directo sobre obleas por unidad más (''wafers'') de 100 Kn
9010.4200 Fotorrepetidores Sólo las que pesen por unidad más de 100 Kn
9010.4900 Los demás Sólo las que pesen por unidad más de 100 Kn
9010.5000 Los demás aparatos y Sólo las que pesen material para por unidad más laboratorios de 100 Kn fotográfico o cinematográfico; negatoscopios
9010.6000 Pantallas de proyección Solamente pantallas de proyección que constituyan componentes del sistema de cine IMAX
9011.1000 Microscopios estereoscópicos
9011.2000 Los demás microscopios para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección
9011.8000 Los demás microscopios
9012.1000 Microscopios, excepto los ópticos; difractógrafos
9013.1000 Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este Capítulo o la Sección XVI
9013.2000 Láseres, excepto los diodos láser
9013.8000 Los demás dispositivos, aparatos e instrumentos
9014.2000 Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial (excepto las brújulas)
9014.8000 Los demás instrumentos y aparatos
9015.2000 Teodolitos y taquímetros
9015.3000 Niveles
9015.4000 Instrumentos y aparatos de fotogrametría
9015.8000 Los demás instrumentos y aparatos
9016.0000 Balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg, incluso con pesas
9018.1110 Electrocardiógrafos
9018.1200 Aparatos de diagnóstico por exploración ultrasónica
9018.1300 Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética
9018.1400 Aparatos de centellografía
9018.1910 Sistema de monitoreo de pacientes
9018.1991 Circuitos modulares para módulos de parámetros
9018.1999 Los demás
9018.2000 Aparatos de rayos ultravioletas o infrarrojos
9018.3110 De plástico, desechables
9018.3120 Las demás de plástico
9018.3190 Las demás
9018.3200 Agujas tubulares de metal y agujas de sutura
9018.3910 Catéteres
9018.3920 Bolsas recolectoras de sangre
9018.3930 Sondas
9018.3990 Los demás
9018.4100 Tornos dentales, incluso combinados con otros equipos dentales sobre basamento común
9018.4900 Los demás
9018.5000 Los demás instrumentos y aparatos de oftalmología
9018.9010 Desfibriladores
9018.9020 Incubadoras
9018.9030 Monitores cardíacos
9018.9040 Aparatos para diálisis
9018.9050 Aparatos para anestesia
9018.9080 Los demás instrumentos y aparatos
9019.1000 Aparatos de mecanoterapia; aparatos para masajes; aparatos de sicotecnia
9019.2010 Nebulizadores
9019.2090 Los demás
9020.0011 Aparatos respiratorios autónomos
9020.0012 Aparatos respiratorios con fuente de aire comprimido exterior
9020.0019 Los demás
9022.1200 Aparatos de tomografía regidos por una máquina automática de tratamiento o procesamiento de datos
9022.1300 Los demás, para uso odontológico
9022.1410 Para uso médico o quirúrgico
9022.1490 Los demás
9022.1900 Para otros usos
9022.2100 Para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario
9022.2900 Para otros usos
9022.3000 Tubos de rayos X
9022.9010 Unidades generadoras Excepto partes de radiación y accesorios
9022.9020 Cañones para emisión Excepto partes de radiación y accesorios
9022.9090 Los demás Excepto partes y accesorios
9024.1000 Máquinas y aparatos para ensayos de metal
9024.8000 Las demás máquinas y aparatos
9025.1100 De líquidos, con lectura directa
9025.1900 Los demás
9025.8000 Los demás instrumentos
9026.1010 Caudalímetros electrónicos
9026.1090 Los demás
9026.2010 Manómetros
9026.2090 Los demás
9026.8000 Los demás instrumentos y aparatos
9027.1010 Electrónicos
9027.1090 Los demás
9027.2000 Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis
9027.3000 Espectrómetros, espectrofotómetros y espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR)
9027.4000 Exposímetros
9027.5000 Los demás instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR)
9027.8010 Instrumentos nucleares de resonancia magnética
9027.8090 Los demás
9027.9090 Los demás Sólo micrótomos
9028.1010 Contadores de gas licuado Solamente medidores de turbinas y orificios
9028.1020 Contadores de gas natural Solamente medidores de turbinas y orificios
9028.1090 Los demás Solamente medidores de turbinas y orificios
9028.2010 De agua Solamente medidores de turbinas y desplazamiento positivo
9028.2090 Los demás Solamente medidores de petróleo de turbinas y desplazamiento positivo
9028.3090 Los demás Solamente para medir necesidades de potencia a bombas y generadores
9030.1000 Instrumentos y aparatos para medida o detección de radiaciones ionizantes
9030.2000 Osciloscopios y oscilógrafos, catódicos
9030.3100 Multímetros
9030.3910 Instrumentos indicadores eléctricos de cuadros de mando, con exclusión de los utilizados en vehículos automóviles, aeronaves o embarcaciones; puentes de capacidades de alta tensión; instrumentos, excepto los puentes para medir las impedancias; instrumentos para medir la resistividad; indicadores de cero; comprobadores portátiles de relés de los tipos utilizados para comprobar los relés protectores, los cortocircuitos y los dispotivos de arranque en las redes de distribución de electricidad de alta tensión; controladores de tacómetros, portátiles, concebidos para comprobar los tacómetros de los vehículos automóviles; puentes de resistencia; voltímetros del tipo cuadro de mando; vatímetros
9030.3990 Los demás
9030.4000 Los demás instrumentos y aparatos especialmente concebidos para técnicas de telecomunicación (por ejemplo: hipsómetros, kerdómetros, distorsiómetros, sofómetros)
9030.8200 Para medida o control de obleas (''wafers'') o dispositivos, semiconductores
9030.8300 Los demás, con dispositivo registrador
9030.8900 Los demás
9031.1000 Máquinas para equilibrar piezas mecánicas
9031.2000 Bancos de pruebas
9031.3000 Proyectores de perfiles
9031.4100 Para control de obleas (''wafers'') o dispositivos, semiconductores, o para control de máscaras o retículas utilizadas en la fabricación de dispositivos semiconductores
9031.4910 Instrumentos de medición de coordenadas
9031.4990 Los demás
9031.8010 Calibradores que no Excepto relojes lleven un dispositivo comparadores, medidor ajustable; transportadores en células ángulos con reloj; dinamométricas, soportes para de potencia inferior comparadores; o igual a 1 tonelada palpadores con reloj métrica, que se comparador; destinen a la profundímetros fabricación de con reloj comparador balanzas; aparatos y escuadra y de control de presión reglas de precisión para determinar la madurez de las frutas; los demás instrumentos, aparatos y máquinas, eléctricos
9031.8090 Los demás Excepto relojes comparadores, transportadores en ángulos con reloj; soportes para comparadores; palpadores con reloj comparador; profundímetros con reloj comparador y escuadra y reglas de precisión
9032.1000 Termostatos
9032.2000 Manostatos (presostatos)
9032.8100 Hidráulicos o neumáticos
9032.8910 Que se destinen a la fabricación de máquinas y aparatos, con exclusión de las que se utilicen para comprobar la composición de las soluciones utilizadas con fines de esterilización y limpieza por los fabricantes de artículos alimenticios o de bebidas o por hospitales
9032.8990 Los demás
9402.1010 Sillones de dentista
9402.9010 Mobiliario médico-quirúrgico
9406.0090 Las demás Solo invernaderos tipo capilla automatizados. Las instalaciones complementarias de este tipo de invernaderos, como las pantallas térmicas, banquetas fijas y móviles, calefacción del ambiente y suelo radiante, riego, fertilización y humidificación, iluminación y cooling system, tienen una función propia, por ende no están comprendidos dentro del conjunto modular prefabricado
Las mercancías antes señaladas quedarán comprendidas en el sistema de pago previsto en el artículo 9º, letra c) de la Ley Nº 18.634, en los casos que concurran los requisitos que dicha letra establece. Los bienes de capital que por aplicación de las normas tributarias internas tengan un período de depreciación inferior a siete años deberán acogerse a la correspondiente modalidad de pago contenida en la letra d) de la citada norma legal.
B) Bienes de capital que pueden acogerse al sistema de pago previsto en la letra b) del artículo 9º de la Ley Nº 18.634, de 1987.
PARTIDA DESCRIPCION DE LAS OBSERVACIONES ARANCELARIA MERCANCIAS
8701.2010 Con motor diesel de potencia inferior o igual a 200 HP Camiones articulados
8701.2020 Con motor diesel de potencia superior a Camiones articulados 200 HP
8701.2090 Los demás Camiones articulados
8702.1011 De cilindrada Sólo los de 15 superior asientos a 2.500 cm3
8702.1019 Los demás Sólo los de 15 asientos
8702.1091 De cilindrada superior a 2.500 cm3
8702.1099 Los demás
8702.9011 De cilindrada Sólo los de 15 superior a 2.800 cm3 asientos
8702.9019 Los demás Sólo los de 15 asientos
8702.9020 Con capacidad Sólo los de tracción superior a 15 eléctrica asientos incluido el del conductor, de tracción eléctrica o que utilicen gas como combustible
8702.9090 Los demás
8703.2191 Automóviles de turismo Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley Nº 18.634 (Taxis)
8703.2199 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley Nº 18.634 (Taxis)
8703.2291 Automóviles de turismo Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.2299 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.2391 Automóviles de turismo Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.2399 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.2491 Automóviles de turismo Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.2499 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.3190 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.3291 Automóviles de turismo Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.3299 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.3390 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8703.9090 Los demás Sólo aquellos vehículos automóviles destinados al transporte público de pasajeros, que cumplan con las exigencias del Reglamento a que se refiere el artículo 2º, inciso 3º de la Ley 18.634 (Taxis)
8704.2112 Con capacidad de De capacidad de carga útil superior carga útil de más a 2.000 kilos de 2.500 kilos, en su ejecución normal de fábrica
8704.2130 Con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.2150 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.2170 Chasis cabinados de vehículos para el transporte de mercancías, con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.2210 Furgones Con capacidad de carga útil superior a 2.500 kilos, en su ejecución normal de fábrica
8704.2230 Con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.2250 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.2271 Para camiones de carretera
8704.2279 Los demás
8704.2311 Camiones
8704.2319 Los demás
8704.2330 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.2351 Para camiones de carretera
8704.2359 Los demás
8704.3130 Con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.3150 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.3170 Chasis cabinados de vehículos para el transporte de mercancías, con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.3230 Con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.3250 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.3270 Chasis cabinados de vehículos para el transporte de mercancías, con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.9030 Con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8704.9050 Coches blindados Con capacidad de para el transporte carga superior a de valores 2.000 kilos
8704.9070 Chasis cabinados de vehículos para el transporte de mercancías, con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8706.0022 De vehículos con capacidad de carga útil superior a 2.000 kilos
8706.0092 De vehículos con capacidad superior o igual a 16 asientos pero inferior o igual a 30 asientos incluido el del conductor
8706.0093 De vehículos con capacidad superior o igual a 31 asientos pero inferior o igual a 45 asientos incluido el del conductor
8706.0099 Los demás
8707.9019 Los demás Sólo para vehículos para el transporte de personas, con capacidad de más de 15 asientos. Nuevos.
8716.2000 Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso agrícola
8716.3110 Semirremolques
8716.3190 Los demás
8716.3910 Semirremolques frigoríficos
8716.3920 Semirremolques isotérmicos
8716.3930 Semirremolques planos
8716.3940 Semirremolques tolvas
8716.3990 Los demás
8716.4000 Los demás remolques y semirremolques