MODIFICA DECRETO Nº 322 EXENTO, DE 2002
Núm. 325 exento.- Santiago, 17 de abril de 2002.- Visto: Lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; los decretos exentos Nº 140 de 1996, Nº 1, Nº 145, Nº 232, Nº 322, todos de 2002, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República; la comunicación previa al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones.
D e c r e t o: