MODIFICA DECRETO Nº 721 EXENTO, DE 2001
Núm. 338 exento.- Santiago, 6 de mayo de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones posteriores, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto exento Nº 721 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; y el Memorándum Nº 0099 de 8 de febrero del 2002 del Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría; el D.S. Nº 19 del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo 1º, numerales 1) y 2) del decreto exento Nº 721 del 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción estableció áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos en los sectores denominados respectivamente Canal Dalcahue Sector A y Canal Dalcahue Sector B, X Región. Que se incurrió en un error tipográfico en los numerales 1) y 2) del artículo 1º del decreto exento citado anteriormente.
D e c r e t o :