MODIFICA DECRETO SUPREMO (C) Nº 103, DE 1975, QUE APROBO EL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE
Santiago, 5 de Julio de 1976.- S.E. el Presidente de la República de Chile decretó hoy lo que sigue: Núm. 253.- Vistos: a) Lo establecido en los decretos leyes números 1 y 128, de 1973, y artículo 15º del decreto ley Nº 844, de 1975; b) El decreto supremo (C) Nº 103, de 14 de Abril de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó el Reglamento Orgánico de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, y c) La facultad que me confiere el artículo 10º, número 1, del decreto ley Nº 527, de 17 de Junio de 1974.
Decreto:
Modifícase el decreto supremo Nº 103, de 14 de Abril de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional -Subsecretaría de Carabineros-, que aprobó el Reglamento Orgánico de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, en la forma que a continuación se indica:
1) Agrégase como inciso segundo del artículo 12º, el siguiente:
"No obstante lo anterior, el cargo de Jefe del Departamento Médico-Dental será ejercido por un Oficial de Sanidad de Carabineros de Chile, en servicio activo, del grado de Coronel, que se destine para ese efecto por el General Director de Carabineros."
2) Agrégase al final, después del artículo 70º, el subtítulo "Artículos Transitorios", y fíjase como texto del artículo 1º, el siguiente:
"Artículo 1º.- El actual Jefe del Departamento Médico-Dental de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile continuará en el desempeño de dicha función, siéndole aplicable en tal calidad y al grado que investía en Carabineros de Chile, lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1º del decreto de Interior Nº 266, de 28 de Febrero de 1973."