DEJA SIN EFECTO RESOLUCION DV Nº 416, DE 1987, Y APRUEBA NUEVAS NORMAS SOBRE ACCESOS A CAMINOS PUBLICOS QUE INDICA
Núm. DV 232.- Santiago, 22 de marzo de 2002.- Vistos: Las necesidades del Servicio; las facultades que me concede el DFL MOP Nº 850 de 1997, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL MOP Nº 206, Ley de Caminos; el decreto MOP Nº 900, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164 de 1991, Ley de Concesiones; el Reglamento de la Ley de Concesiones, DS Nº 956; Ley General de Urbanismo y Construcciones y su ordenanza; la resolución Nº 520 y los dictámenes Nº 24.060 de 1984 y 17.579 de 1985, todos de la Contraloría General de la República, y el DS MOP Nº 1.092 de fecha 26 de julio de 2001.
Considerando:
Que, la Dirección de Vialidad se encuentra legalmente facultada por los artículos 18 y 40 del DFL MOP Nº 850 para regular los accesos a determinados caminos públicos, pudiendo incluso, en el ejercicio de tal potestad, prohibirlos cuando éstos puedan constituir un peligro para la seguridad del tránsito o entorpecer la libre circulación por ellos. Que, la facultad anterior fue reglada mediante resolución Nº 416, de 2 de junio de 1987, a objeto de velar que su ejercicio se llevará a cabo de una manera objetiva y en virtud de una normativa general y preestablecida, perfectamente conocida por todos, de manera de salvaguardar el principio de igualdad ante la ley; Que, actualmente la reglamentación anterior se ha hecho insuficiente para dar solución integral a toda la problemática que hoy en día se suscita en materia de accesos a determinados caminos públicos, especialmente considerando, entre otros aspectos, los nuevos estándares de seguridad vial a que deben someterse las vías públicas construidas en virtud a lo dispuesto en el artículo 87 del DFL MOP Nº 850; Que, en ese orden de ideas, es necesario dictar una nueva normativa que, en forma integral, regule de una manera objetiva y general, la temática de los accesos a determinados caminos públicos, en armonía con las actuales exigencias técnicas a que se encuentra sujeta la infraestructura pública vial,
R e s u e l v o: