MODIFICA RESOLUCION Nº 42 EXENTA, DE 2002
Núm. 175 exenta.- Antofagasta, 11 de junio de 2002.- Visto: Lo dispuesto en los artículos Nº 113º, 117º y 118º, de la ley 18.290; el artículo Nº 17 del D.S. Nº 298/94; el D.S. Nº 59/85, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la resolución exenta Nº 42/02 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones II Región de Antofagasta,
R e s u e l v o:
1.- Autorízase, sin restricción horaria y por las rutas establecidas en el punto 2 del Resuelvo de la resolución exenta Nº 42/2002, el ingreso a la ciudad de Antofagasta de los vehículos vacíos, sin carga, que sean tipificados como transporte de sustancias peligrosas.
2.- Modifíquese en el punto 2 lo siguiente:
Dice: "entre las 23:00 hrs. y 06:00 hrs. AM.". Debe decir: "excepto en el siguiente horario punta:
07:00 a 09:00 hrs. 12:00 a 14:00 hrs. 18:00 a 21:00 hrs."