DEROGA DECRETO N° 312 DE 1988, ASIGNA VEHICULOS QUE INDICA Y AUTORIZA CIRCULACION
Núm. 74 exento.- Santiago, 10 de Mayo de 1993.- Visto: Artículos N°s 1° y 3° del DL. N° 799 de 1974; Decreto N° 1.407 de 1991 del Interior, Decretos de Economía N°s 312 de 1988 y 188 de 1990; Circular N° 9.277 de 1975, Resolución N° 55 de 1992; de la Contraloría General de la República; Oficio N° 02864 de 1993 de CORFO, y antecedentes que se acompañan.
Considerando: Que, la Sociedad Agrícola - SACOR LTDA.-, filial de la Corporación de Fomento de la Producción, ha solicitado derogar el Decreto de Economía N° 312 de 1988, que autorizaba la circulación en días Sábados, Domingos y Festivos a dos vehículos de esa Empresa, atendido a que uno de ellos ha sido dado de baja y el otro pasará a prestar servicios a la Subgerencia para cumplir funciones propias de la Empresa, y además es necesario eliminar del Decreto N° 188 de 1990, la autorización concedida a un vehículo, por baja de éste,
Decreto:
Articulo 1
Artículo 1°.- Derógase, el Decreto de Economía N° 312 de 1988, que asignaba y autorizaba para circular los días Sábados, Domingos y Festivos, exento de usar el disco fiscal, a los vehículos de propiedad de Sacor Ltda., automóviles Peugeot - año 1980 - placa única 4364-4 y Toyota - año 1988 - placa única HX 6659-9, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente decreto.
Articulo 2
Artículo 2°.- Asígnanse, los vehículos de propiedad de la Sociedad Agrícola - SACOR LTDA.- a las unidades de trabajo que se indican más adelante con el fin de cumplir funciones propias de esa Empresa.
C/Vehículo Modelo Año N° Motor P. Unica
Marca N° Chassis
Automóvil 405 GRI 1993 001221 KP1737-7
Peugeot
Asignado a:
Gerencia General.
Automóvil Corona 1988 1S1201316 HX6659-9
Toyota ST1500236221
Asignado a:
Subgerente.
Articulo 3
Artículo 3°.- Autorízanse, a los vehículos mencionados en el artículo 2° del presente Decreto, para que puedan circular durante los días Sábados, Domingos y Festivos, exentos de usar el disco fiscal, por razones de representatividad.
Articulo 4
Artículo 4°.- Elimínase, del Decreto de Economía N° 188 de 1990, que autorizó para circular en días Sábados, Domingos y Festivos, al vehículo de propiedad de Sacor Ltda., que más adelante se individualiza, por haber sido dado de baja.
C/Vehículo Modelo Año N° Motor P. Unica
Marca N° Chassis Asig. A:
Jeep SJ 413 1990 136795 BD7416-8
Suzuki VLAD 301862 Coyhaique
Déjase constancia que la autorización concedida mediante el Decreto antes citado, al vehículo Jeep Suzuki, año 1990, placa única DB 2589-2, Valdivia, se mantiene vigente.
Articulo 5
Artículo 5°.- Asígnase, al Banco Ganadero de Aysén, del Departamento Zonal Coyhaique XI Región, de la Sociedad Agrícola Sacor Ltda., el siguiente vehículo:
C/Vehículo Modelo Año N° Motor P. Unica
Marca N° Chassis
Jeep F90 L VR 1993 360520 BD9373-1
Daihatsu 1048
Articulo 6
Artículo 6°.- Autorízase, al vehículo señalado en el artículo 5° del presente documento para circular en días Sábados, Domingos y Festivos, exento de usar el disco fiscal, en atención a las labores de fiscalización y revisión de ganado permanente y visitas destinadas a detectar desaparecimiento de ganado de Sacor Ltda.