DEROGA EL DECRETO SUPREMO N° 110, DE 1991 Y AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE SEÑALA EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EXIMIENDOLO DE LA OBLIGACION DE LLEVAR PINTADO EL DISCO DISTINTIVO FISCAL
Núm. 104 exento.- Santiago, 05 de Julio de 1993.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1° y 3° del decreto ley N° 799, de 1974, el número 5) del artículo 1° del decreto supremo N° 1.407, de 1991, del Ministerio del Interior, la resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República y el decreto supremo N° 110, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando
Que, mediante el decreto supremo N° 110, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se asignó al señor Director Nacional de Pesca, para el cumplimiento de las labores propias de su cargo, el uso privativo del vehículo Peugeot 505 Evolution, año 1991, N° Motor 008514, N° Chassis 2180-324, autorizándolo para circular en días inhábiles, exento de la obligación de llevar el disco distintivo fiscal. Que, el vehículo antes asignado fue dado de baja, mediante Resolución Exenta N° 01, de 5 de enero de 1993, del Servicio Nacional de Pesca.
Decreto: