DESIGNA COMISION CREADA POR EL ARTICULO 96 DEL DECRETO LEY N° 3.500 DE 1980
Núm. 219.- Santiago, 26 de Noviembre de 1980.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 96 del decreto ley N° 3.500 de 1980;
Decreto:
1.- La Comisión establecida en el artículo 96 del decreto ley N° 3.500 de 1980, estará integrada por las siguientes personas:
- El Ministro de Defensa Nacional; - Un Oficial General, designado por el Ministro de Defensa Nacional; - Un representante de cada Institución de las Fuerzas Armadas y de Orden; - El Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional; - El Director de Previsión de Carabineros; - Dos representantes del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; - Un representante del Comité Asesor de la Junta de Gobierno (C.O.A.J.), y - El Asesor Previsional del Ministerio del Defensa Nacional. - Un representante del Ministerio de Hacienda.
2.- Dentro del plazo indicado en la disposición señalada en Visto, esta Comisión deberá proponer el proyecto de ley correspondiente. 3.- Facúltase al Ministerio de Defensa Nacional para que mediante Orden Ministerial, fije las normas de trabajo y detalles administrativos relacionados con el funcionamiento de la citada Comisión.