MODIFICA DECRETO Nº 131, DE 2001
Núm. 61.- Santiago, 28 de junio de 2002.- Visto: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República, la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 131 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y la Minuta Nº 1 de 18 de abril de 2002 de la División de Normas de la Subsecretaría de Transportes;
D e c r e t o:
Reemplázase el número 4) del artículo primero del decreto supremo Nº 131 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por el siguiente:
"4) En el artículo 5º agrégase a la letra b.3), reemplazando el punto final (.) por una coma (,), lo siguiente: en cuyo caso, se aplicarán los valores a que se refiere la letra b.2) del artículo 3º.".