MODIFICA RESOLUCION Nº137, DE 1994, Y COMPLEMENTA RESOLUCION Nº 39, DE 1982, QUE DELEGA FACULTAD EN SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES
Núm. 50.- Santiago, 28 de junio de 2002.- Vistos: Estos antecedentes; lo informado por la División Jurídica, mediante oficio Nº141, de 7 de mayo; y lo solicitado por la Sra. Subsecretaria de Bienes Nacionales, mediante documento conductor Nº 46.551, de 7 de mayo, ambos de 2002,
Considerando:
Que, mediante resolución Nº18, de 21 de octubre de 1981, el Subsecretario de Bienes Nacionales de la época delegó en las autoridades ministeriales que en cada caso se especifica, determinadas facultades que le competen en su calidad de Jefe Superior del Servicio; Que, la señalada resolución fue complementada por las resoluciones Nºs. 41, de 7 de junio de 1994; y 137, de 31 de octubre de 1994, ambas de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; Que, mediante resolución Nº137, de 31 de octubre de 1994, se complementa la resolución Nº18 y 41, antes individualizadas, en el sentido que, a continuación de la letra c) del numerando I de la resolución Nº41 se delega, asimismo, en el Jefe de la División Administrativa, la facultad de adquirir bienes muebles, equipos y servicios, hasta 30 U.T.M., cada vez; Que, mediante resolución Nº39, de 20 de diciembre de 1982, complementada por resolución Nº66, de 13 de julio de 1995, el Subsecretario de Bienes Nacionales de la época, delegó en las autoridades ministeriales que en cada caso se especifica, determinadas facultades que le competen en su calidad de Jefe Superior del Servicio; Que, es necesario facultar al Jefe de la División Administrativa para que pueda adquirir bienes de uso y consumo y contratar servicios externos en el Nivel Central del Ministerio de Bienes Nacionales, hasta por un monto de 30 U.T.M., al igual que en los Secretarios Regionales Ministeriales, en sus respectivas jurisdicciones y, además, facultar a estos últimos para suscribir los contratos y convenios que sean pertinentes con otras entidades, sean éstas públicas o privadas, con el fin de descentralizar las funciones administrativas.
Teniendo presente: Lo dispuesto en el D.L. Nº3.274, de 1980; y en el D.L. Nº1.028, de 1975,
R e s u e l v o: