DEJA SIN EFECTO REVOCACION DE OTEC "CENTRO DE DESARROLLO CIUDADANO DE ÑUÑOA", RUT. Nº 75.967.340-9, CONTENIDO EN RESOLUCION Nº 09246, DE FECHA 2 DE AGOSTO DE 2002
Núm. 12.094 exenta.- Santiago, 7 de octubre de 2002.- Visto:
1.- La resolución exenta Nº 9.246 de 2 de agosto de 2002, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, que canceló la inscripción en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación, a la entidad "Centro de Desarrollo Ciudadano de Ñuñoa", RUT. Nº 75.967.340-9.
2.- El informe del Departamento Jurídico de Sence, contenido en Ord. (D.J.) Nº 380, de 17 de septiembre de 2002, el cual, en lo pertinente, hace presente que resulta jurídicamente posible dejar sin efecto la sanción de revocación de la autorización para funcionar como OTEC, que fuera aplicada a la mencionada entidad, toda vez que se acredita que dicha sanción obedeció a un error de apreciación del Departamento de Fiscalización al haber tomado como referencia un Número de registro de Comunicación que no correspondía.
3.- Las facultades que me otorga el artículo 85, Nº 5 de la ley Nº 19.518, y lo dispuesto en la resolución Nº 520, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 5, de 1992, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
4.- La resolución exenta Nº 7.654 de 15 de septiembre de 1998, del Sr. Director Nacional que delega facultades en el suscrito,
R e s u e l v o:
1.- Déjase sin efecto la revocación del Organismo Técnico de Capacitación "Centro de Desarrollo Ciudadano de Ñuñoa", RUT. Nº 75.967.340-9, contenida en la resolución exenta Nº 9.246 de 2 de agosto de 2002, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, y reincorpórese el mencionado organismo al Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación regulado por Sence.
2.- Notifíquese la presente resolución al organismo mencionado mediante carta certificada y publíquese un extracto de la misma en el Diario Oficial, dentro del plazo de treinta días contados desde la fecha de su dictación.