MODIFICA RESOLUCION Nº 1.463 EXENTA, DE 2000 Núm. 1.623 exenta.- Santiago, 3 de diciembre de 2002.- Visto: lo dispuesto en los artículos 56 y 79 número 5 de la ley Nº 18.290, de Tránsito, la resolución Nº 1.680, de 1977, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República,
R e s u e l v o:
1.- Modifícase la resolución Nº 1.463 exenta, de 2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en el sentido de incorporar el siguiente artículo 3º bis:
"Artículo 3º bis: Si se sorprendiese circulando a vehículos con infracción a lo dispuesto en la presente resolución, se entenderá que éstos han perdido sus condiciones de seguridad y serán retirados de la circulación y puestos a disposición del tribunal competente, en los locales habilitados para tal efecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 98 de la ley Nº 18.290, de Tránsito".
2.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.