AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULO QUE INDICA EN LOS TERMINOS QUE SEÑALA Y MODIFICA EL ARTICULO SEGUNDO DEL DECRETO Nº 681 EXENTO, DE 2001
Santiago, 21 de noviembre de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 1.219 exento.- Visto: El oficio Ord. Nº 1.605 de fecha 30 de octubre de 2002, del Intendente y Ejecutivo del Gobierno Regional de la Araucanía; lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, de 1974 y sus modificaciones; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y en la resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido de la resolución Nº 55, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y
Considerando: Que para el mejor cumplimiento de las funciones inherentes al quehacer regional y atendidas las labores a que está destinado el vehículo que se individualiza,
D e c r e t o:
Artículo primero: Autorízase la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos al vehículo del Gobierno Regional de la Araucanía que a continuación se individualiza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º del decreto ley Nº 799, de 1974, del Ministerio del Interior:
Vehículo : Minibús Marca : Mercedes Benz Modelo : 312D 3000 Año : 2003 Color : Rojo Piamonte Nº chassis : 8AC-690330-1A-555414 Nº motor : 632998-10-577529 I.R.V.N. : VC-1915-1 Placa Fiscal : VC-1915-1