MODIFICA RESOLUCION Nº 89 EXENTA, DE 1999
Santiago, 14 de enero de 2003.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 116 exenta.- Visto: El D.S. Nº 127 (V. y U.), de 1998, que reglamenta Programa Participativo de Asistencia Financiera en Condominios de Viviendas Sociales; la resolución exenta Nº 89, de 1999, que fija Procedimiento para Aplicación del Programa Participativo de Asistencia Financiera en Condominios de Viviendas Sociales, y sus modificaciones, y el ordinario Nº 1.440, de 11 de diciembre de 2002, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
Modifícase la resolución exenta Nº 89 (V. y U.), de 1999, en el sentido de agregar a la letra d) del número 4, el siguiente nuevo inciso:
"En casos especiales en que se requieran proyectos destinados a resolver problemas que pongan en riesgo la vida o la seguridad de los habitantes del condominio, se podrá incluir en el valor de la obra de mejoramiento del condominio el estudio técnico respectivo. Dicho estudio deberá ser debidamente valorizado, especificado y aprobado por el Servicio respectivo y su costo se cancelará con cargo a la obra.".