MODIFICA RESOLUCION Nº 680 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACION PRACTICA DEL PROGRAMA CONCURSABLE DE OBRAS DE ESPACIOS PUBLICOS
Santiago, 4 de abril de 2003.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.062 exenta.- Visto: El DS Nº 245 (V. y U.), de 2001, que Reglamenta Programa Concursable de Obras de Espacios Públicos, en especial lo dispuesto en su artículo 7º; la resolución exenta Nº 680 (V. y U.), de 2003, que Fija Procedimiento para la Aplicación Práctica del Programa Concursable de Obras de Espacios Públicos, publicada en el Diario Oficial de fecha 4 de marzo de 2003, dicto la siguiente
R e s o l u c i ó n:
Artículo único.- Modifícase el artículo 1º de la resolución exenta Nº 680 (V. y U.), de 2003, en la siguiente forma:
1.- Agréganse en el número 9.-, en el orden alfabético que corresponda, las siguientes letras a) y b):
"a) Singularización de las obras, señalando su tipo y su localización.
b) Inversión total aproximada que demandarán las obras.".
2.- Reemplázanse en el número 12.-, en el lugar que corresponda, los porcentajes de Aporte Comunal de las comunas que se indican por los siguientes nuevos porcentajes:
Comuna Aporte Comunal %
El Quisco 19 El Tabo 20 Isla de Maipo 10 Machalí 11 Mariquina 10 Negrete 10 Quilaco 9 San Fabián 9
3.- Agrégase a su artículo transitorio el siguiente inciso tercero:
"Los proyectos postulados para el Programa del año 2004, deberán ser priorizados y enviados a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo hasta el 30 de mayo de 2003.".