DEROGA DECRETO N° 134 EXENTO, DE 1993 Y MODIFICA DECRETO N° 225 EXENTO, DE 1987, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 470 exento.- Santiago, 22 de agosto de 1996.- Considerando: Que, es de usual ocurrencia que los actos de votación popular se realicen en locales de establecimientos educacionales, por reunir éstos las condiciones requeridas. Que, de acuerdo a lo anterior, las normas sobre tiempo destinado al año lectivo y actividades de finalización del año escolar debe adecuarse a las necesidades de los establecimientos que cumplan esta función. Que, corresponde, a los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación, de acuerdo a sus facultades, resolver estas situaciones en conformidad a la realidad de cada región; y Visto: Lo dispuesto en la Ley N° 18.956 y artículo 17 de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; Decreto Supremo de Educación N° 632 de 1983; Decretos Supremos Exentos de Educación N°s. 225 de 1987, 134 de 1993, y 554 y 634, ambos de 1995; Resolución N° 55 de 1992 de la Contraloría General de la República; y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile,
D e c r e t o: