Por decreto exento Nº 428 de fecha 11 de junio de 2003 del Ministerio de Educación, se declara que el proyecto institucional del Centro de Formación Técnica Barros Arana, que se anexa al presente decreto, se ajusta a lo dispuesto en los artículos 65º y 69º de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, para el efecto de la verificación del mismo por el Ministerio de Educación, de conformidad con el artículo 83º de la citada ley.
El proyecto institucional del Centro de Formación Técnica Barros Arana, incluye las siguientes carreras y títulos técnicos de nivel superior, antes aprobadas para la institución:
Carrera : Secretariado de Gerencia Título : Secretario(a) de Gerencia Secretario(a) de Gerencia con mención en Inglés Secretario(a) de Gerencia con mención en Computación Secretario(a) de Gerencia con mención en Inglés y Computación (Dex.Ex. Nº 498 del 23.09.93)
Carrera : Asistente de Educador(a) de Párvulos Título : Asistente de Educador(a) de Párvulos (Rex.Ex. Nº 2.706 del 24.09.85)
Carrera : Técnico Jurídico Título : Técnico Jurídico (Dex.Ex. Nº 408 del 06.06.03)
Carrera : Técnico en Enfermería Título : Técnico de Nivel Superior en Enfermería (Dex.Ex. Nº 408 del 06.06.03)
Carrera : Técnico en Dibujo y Proyectos Título : Técnico en Dibujo y Proyectos (Dex.Ex. Nº 408 del 06.06.03)
Carrera : Técnico en Procesamiento de Alimentos Título : Técnico en Procesamiento de Alimentos (Dex.Ex. Nº 408 del 06.06.03)
Carrera : Saneamiento y Protección del Medio Ambiente Título : Técnico en Saneamiento y Protección del Medio Ambiente (Dex.Ex. Nº 408 del 06.06.03)
Se deja sin efecto la aprobación de los planes y programas de estudios de las carreras que se indican, concedidas por los documentos que se señalan, que no fueran acreditadas y que no registran matrícula en el Centro de Formación Técnica Barros Arana.
Carrera : Secretariado de Gerencia (Rex.Ex. Nº 368 del 24.02.83)
Carrera : Administración de Empresas (Rex.Ex. Nº 368 del 24.02.83)
Carrera : Contabilidad General mención Computación (Dex.Ex. Nº 395 del 28.12.90)
Carrera : Técnico Agrícola (Dex.Ex. Nº 395 del 28.12.90)
Carrera : Programación de Computadores (Dex.Ex. Nº 1.403 del 11.05.89)
Asimismo, deja sin efecto la autorización de funcionamiento de las Sedes Nº 3 de Chillán y Nº 5 de Los Angeles, ambas del Centro de Formación Técnica Barros Arana, otorgadas por decreto exento Nº 52 del 29 de marzo de 1984, que no registran matrícula en el Centro de Formación Técnica Barros Arana. Se declara que para todos los efectos, se mantiene la vigencia de las normas de evaluación, promoción y titulación aprobadas por decreto exento Nº 332 del 14 de mayo de 2003, para el Centro de Formación Técnica Barros Arana. Corresponderá al Ministerio de Educación la verificación progresiva del desarrollo del proyecto institucional del Centro de Formación Técnica Barros Arana.