MODIFICA DECRETO Nº 132, DE 2002
Núm. 110.- Santiago, 18 de agosto de 2003.- Visto: El artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República,
D e c r e t o:
1º Modifíquese el inciso 2º del artículo 5º del decreto supremo Nº 132, de 2002, de esta Secretaría de Estado, en el siguiente sentido:
"La labor de Coordinador Ejecutivo de Políticas y Programas Indígenas será realizada por el Subsecretario del Ministerio de Planificación y Cooperación".
2º En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente el decreto individualizado precedentemente.