EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 52 EXENTA, DE 2003
Mediante resolución Nº Ex. 52 de fecha 25 de septiembre de 2003 se autoriza a Petróleos Transandinos YPF S.A. RUT Nº96.720.740-3, en adelante también YPF, a utilizar un sistema integrado de venta de combustibles y lubricantes, a través de tarjetas de crédito, orientado a clientes con derecho al crédito fiscal del IVA y que incluye la emisión de guía de despacho en formato especial.
Tecnológicamente, el sistema operará a través de un dispositivo único de lectura de tarjetas magnéticas e identificación de usuarios marca Verifone modelo Omni 3350, el cual estará conectado a una impresora de guías de despacho Epson modelo TM-U200 (A, B o D) y al computador central ubicado en la matriz de Petróleos Transandinos YPF S.A.
Esta autorización operará condicionada al cumplimiento de las especificaciones solicitadas para las tarjetas y de las guías de despacho en formato ticket.
El sistema de crédito consiste en la emisión de tarjetas magnéticas por parte de Petróleos Transandinos YPF S.A., para compras de combustibles o lubricantes, destinadas a vehículos con derecho a crédito fiscal del IVA. De esta forma, YPF hará entrega al contribuyente de una o más tarjetas de crédito, grabadas y enlazadas electrónicamente, con la información necesaria para identificar al cliente y al vehículo que puede hacer uso de la tarjeta. En las ventas de combustibles y lubricantes realizadas, se emitirá una guía de despacho automática en formato ticket y, al menos mensualmente, Petróleos Transandinos YPF S.A., a través de su casa matriz emitirá la factura correspondiente a las ventas del mes.
La empresa peticionaria deberá llevar los siguientes registros timbrados por el Servicio de Impuestos Internos, Correlativo Mensual nacional de las Facturas y Correlativo mensual de Guías de Despacho.
Además, Petróleos Transandinos YPF S.A., deberá consignar en su libro de ventas diarias, un resumen de las ventas correspondientes al sistema "Tarjeta YPF" y deberá remitir mensualmente al Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional de la Subdirección de Fiscalización un informe acerca del funcionamiento del sistema.
La emisión de guías de despacho en formato ticket, sin cumplir con los requisitos señalados en la presente resolución será motivo suficiente para dejarla sin efecto. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en ella, dará origen a sanciones que se aplicarán respecto del infractor de acuerdo a las disposiciones del Código Tributario.
En forma previa a la utilización de los terminales e impresoras habilitados en cada estación de servicio se deberá comunicar el hecho a la Dirección Regional correspondiente a la jurisdicción en donde se utilizarán.
La presente resolución entrará en vigencia el mismo día de esta publicación.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en la página web del Servicio en Internet, cuya dirección es http://www.sii.cl y, además, se publicará en la edición del Boletín del Servicio del mes de septiembre de 2003.