MODIFICA DECRETO DE RELACIONES EXTERIORES Nº 403, DE 1968
Núm. 848.- Santiago, 5 de Diciembre de 1979.- Vistos: estos antecedentes, y Teniendo presente: lo dispuesto en el artículo 10, Nº 1, del decreto ley número 527, de 1974, y el decreto supremo de Relaciones Exteriores Nº 403, de 1968, y sus modificaciones, que contiene el Reglamento de Importaciones para los funcionarios Administrativos y Técnicos de las Misiones Diplomáticas y de las Representaciones Consulares de Carrera acreditadas, Decreto:
Articulo 1
Artículo 1º.- Suprímese en el inciso segundo del artículo 1º del decreto de Relaciones Exteriores número 403, de 1968, la frase "cuyo valor FOB no exceda de US$ 5.000".
Articulo 2
Artículo 2º.- Elimínase del artículo 2º del decreto del mismo Ministerio Nº 137, de 1975, la frase "cuyo valor no excederá de US$ 5.000 FOB".