MODIFICA DECRETO LEY Nº 579, DE 1974
Santiago, 22 de Octubre de 1974.- La Junta de Gobierno de la República de Chile decretó hoy lo que sigue: Núm. 718.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1, 128, de 1973; 527 y 579, de 1974, y Considerando:
1.- Que, como se expresa en la parte considerativa del decreto ley Nº 579, de 1974, el detective Nelson Mario Bustos Farías falleció en actos propios del servicio, durante un operativo destinado a reducir extremistas; 2.- Que su padre legítimo don Lincoln Bustos Lagos se encuentra aquejado de una enfermedad cardiovascular irrecuperable; 3.- Que el decreto ley Nº 417, que favorece a los deudos del personal de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, fallecidos como consecuencia directa de acciones militares realizadas entre el 11 de Septiembre y el 31 de Diciembre de 1973, no se extiende al personal de la Dirección General de Investigaciones;
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado y dicta el siguiente:
Decreto ley: