MODIFICA RESOLUCION Nº 1, DE 1995, QUE ESTABLECE DIMENSIONES MAXIMAS DE VEHICULOS QUE INDICA
Núm. 109.- Santiago, 16 de diciembre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.290, de Tránsito, especialmente en el artículo 56, lo prescrito en el artículo 3º de la ley Nº 18.696, y la ley Nº 18.059;
Considerando:
1º Que las dimensiones máximas permitidas por la resolución Nº 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fueron establecidas teniendo presente la tecnología y la infraestructura vial existente a esa fecha; 2º Que en la actualidad existen tecnologías disponibles que permiten contar con buses de mayores dimensiones para satisfacer altas demandas de transporte; 3º Que desde la dictación de la antedicha resolución se ha mejorado y ampliado notablemente la infraestructura vial en algunas regiones, particularmente en la Región Metropolitana; 4º La necesidad de permitir, en aquellas regiones que disponen de una mejor infraestructura vial y que cuentan con una alta demanda de transporte, la circulación de buses que exceden las dimensiones contempladas en la resolución Nº 1 antes citada, Resuelvo:
Modifícase la frase inicial del artículo 1º de la resolución Nº 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el siguiente sentido:
Donde dice: "Los vehículos que circulen en las vías públicas no podrán exceder de las siguientes dimensiones:" Debe decir: "Los vehículos que circulen en las vías públicas no podrán exceder de las siguientes dimensiones, salvo que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las bases de licitación que se elaboren de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º de la ley 18.696, establezcan una norma especial diversa:"